VIGENTE DS184_2008EF_Fe De Erratas
Mediante Oficio Nº 028‐2009‐SCM‐PR, la Secretría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 184‐2008‐EF, publicado en nuestra edición del día 1 de enero de 2009.
En el Primer párrafo del artículo 9°;
DICE:
“Artículo 9°.‐ Modificación del Plan Anual de Contrataciones El Plan Anual de Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal
o en caso de reprogramación de las metas institucionales cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección; o el valor referencial difiera en más de veinticinco por ciento (25%) del valor estimado y ello varíe el
tipo de proceso de selección.
(…)”
DEBE DECIR:
“Artículo 9°.‐ Modificación del Plan Anual de Contrataciones
El Plan Anual de Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de las metas institucionales: cuando se tenga que incluir o excluir procesos de
selección o el valor referencial difiera en más de veinticinco por ciento (25%) del valor estimado y ello varíe el
tipo de proceso de selección.
(…)”
En el Cuarto párrafo del artículo 24°;
DICE:
“Artículo 24°.‐ Plazos generales para Procesos de Selección
(…)
En las Adjudicaciones Directas de de Menor Cuantía para la consultoría de obras o ejecución de obras,
desde la convocatoria hasta la fecha de presentación de propuestas deberán mediar no menos de seis (6) días hábiles. En el caso de Adjudicaciones de Menor Cuantía derivadas de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos
y Adjudicaciones Directas declaradas desiertas, el plazo será no menor de ocho (8) días hábiles”.
DEBE DECIR:
“Artículo 24°.‐ Plazos generales para Procesos de Selección
(…)
En las Adjudicaciones Directas de Menor Cuantía para la consultoría de obras o ejecución de obras, ...
Regístrate para leer el documento completo.