Vigilantes De Seguridad En Locales De Ocio

Páginas: 22 (5336 palabras) Publicado: 28 de diciembre de 2012
Vigilantes de seguridad en locales de ocio
JOSÉ MARÍA CUÉLLAR CÉSPEDES Director de seguridad por la Universidad de Alcalá. Experto en eventos en locales de pública concurrencia. Formador en el Instituto europeo de tácticas de seguridad. Ex miembro de la junta directiva de la Asociación de salas de música en directo de la Comunidad de Madrid.
En España los servicios de seguridad están reguladospor la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, y por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. Los Vigilantes de seguridad están sometidos a las leyes antes citadas, a sus desarrollos posteriores, y habilitados por el Ministerio del Interior tras realizar varias pruebas. Sin embargo, la seguridad de los locales a los quevamos a disfrutar de nuestro ocio está casi siempre depositada en las manos de Controladores de acceso, para cuya regulación se creó el Decreto 163/2008, de 29 de diciembre.

Hay Autonomías, por ejemplo la Comunidad de Madrid, donde no está bien estipulada la obligación de que los encargados de la seguridad sean Vigilantes de seguridad. Sí está bien regulada, por contra, la necesidad de que hayaControladores de acceso, frecuentemente denominados Porteros, en los espectáculos públicos consistentes en la celebración de conciertos; o en locales o establecimientos de espectáculos públicos (café-espectáculo, salas de fiesta, discotecas, salas de baile y otros), siendo los titulares de los locales y los organizadores los responsables de control de acceso. i En otras Comunidades, pongo por caso lade Castilla y León, donde desarrollo actividades en Protección Civil, la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas determina que: “en aquellos espectáculos públicos y actividades recreativas en los que pudieran producirse concentraciones superiores a 100 (cien) personas, los organizadores de los mismos así como, en su caso, los titulares de los establecimientos públicos einstalaciones en los que éstos se desarrollen, deberán disponer, dentro del marco establecido en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, de personal encargado de vigilancia al que encomendarán el buen orden en el desarrollo del espectáculo o actividad, todo ello sin perjuicio de las medidas de seguridad adoptadas con carácter general”. Es evidente que se no indica cuántos Vigilantes deseguridad debe haber en función de los aforos, pero al menos exige un mínimo bien razonable y está legislado con claridad. ¿Pero cuántos Vigilantes de seguridad son razonables por cada cien personas? Hay recomendaciones al respecto, pero no pasa de eso. En Catalunya su Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas establece la obligatoriedad de un Vigilante de seguridad privada a partir de501 personas de aforo autorizado, dos a partir de 1.001 personas y, en adelante, de un Vigilante de seguridad por cada 1.000 personas de aforo autorizado. Como podemos ver, se plantea una diferencia considerable en el mínimo de aforo necesario para la obligatoriedad de disponer de un Vigilante

de seguridad con respecto a lo aplicable, por ejemplo, a la Comunidad de Castilla y León. El citadoReglamento de Catalunya también estipula mínimos para los Controladores de acceso que son: entre 1 y 150 personas de aforo autorizado, 1 Controlador/a de acceso; entre 151 y 500, 2 Controladores de acceso; entre 501 y 1.000 personas de aforo autorizado, 3 Controladores de acceso, Etc. ¿Y en la Comunidad de Madrid? Aplicando el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto (Art. 53) ¿Cuándo seránecesario contar con el servicio de un Vigilante de seguridad en el local? “En todos los espectáculos o actividades recreativas en que puedan producirse concentraciones superiores a 100 personas, la empresa deberá disponer de personal encargado de vigilancia, al que encomendará el buen orden en el desarrollo del espectáculo. Se comunicarán a la autoridad gubernativa y a la municipal los datos de...
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