Villavicencio Tratamiento Penal De La Diversidad Cultural
LA JUSTICIA ESTATAL.
Por: Felipe A. Villavicencio Terreros1.
Resumen:
El Perú es un país con diversidad étnico-cultural (pluricultural, multiétnico) que
ha originado un debate jurídico sobre el tratamiento penal que correspondería a
los hechos delictivos realizados por personas con pautas culturales diferentes
(v.gr. miembros de comunidadescampesinas, comunidades nativas ubicables
en diferentes lugares del territorio nacional). En la actualidad el reconocimiento
constitucional de la pluralidad cultural en diferentes países de las Américas,
sirve de marco para la implementación de soluciones jurídico penales a los
casos que tenga que resolver la justicia estatal. Si bien el tema tiene lecturas
antropológica y sociológica (que el autordesarrolla en otros lugares), en este
articulo solo se enfocaran algunas soluciones jurídicas que el derecho penal
sustantivo puede optar para el tratamiento de casos que merecen una
valoración cultural diferente.
1. La solución del error.
La incorporación del artículo 15º al Código Penal de 19912 significó un
importante avance del Estado peruano al dotar de este instrumento a la justiciaestatal, en el marco del reconocimiento de la diversidad cultural (3) (4). Esta
norma fue anterior al expreso reconocimiento del pluralismo jurídico y la
jurisdicción especial, declarada en el artículo 149º de la Constitución Política de
1993(5): “Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el
apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones
jurisdiccionales dentro de suámbito territorial de conformidad con el derecho
consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la
persona. La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción
especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder
Judicial”. Además de la consagración del derecho de todo individuo "a su
identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege lapluralidad étnica y
cultural de la Nación" (inciso 19, artículo 2). En la doctrina nacional, Peña
Cabrera afirmaba que la inclusión de esta clase de error resaltaba
“normativamente el respeto por los valores culturales distintos -nunca mejores
ni peores a los de la sociedad occidental-, en el sentido de que no se
criminalice conductas socialmente aceptadas en los grupos culturales”(6).
Del textodel artículo 15 del Código Penal se aprecia que se diferencia dos
modalidades de condicionamientos: Primero, cuando el sujeto por su cultura
comete un hecho punible sin poder comprender el carácter delictuoso de su
acto o determinarse de acuerdo a esa comprensión o cuando su capacidad de
comprensión se encuentra disminuida. Segundo, cuando el sujeto por su
costumbre comete un hecho punible sinpoder comprender el carácter
delictuoso de su acto o determinarse de acuerdo a esa comprensión o cuando
su capacidad de comprensión se encuentra disminuida. El primer supuesto
sería el de "error de comprensión culturalmente condicionado" (la propia
Exposición de Motivos del texto punitivo nacional considera que se “ha dado
acogida a una forma especial de error conocida como “error de comprensiónculturalmente condicionado”), mientras que el segundo correspondería a la
llamada "conciencia disidente".
Dentro del planteo de la culpabilidad de acto, el error de comprensión es “la
inexigibilidad de la internalización de la pauta cultural reconocida por el
legislador, en razón de un condicionamiento cultural diferente"(7). Puesto que el
individuo se ha desarrollado en una cultura distinta y hainteriorizado desde
pequeño los patrones conductuales y valores de esa cultura. Así. El caso del
miembro de una comunidad nativa de la Amazonía que practica actos sexuales
con una menor de 14 años, pues en su comunidad es costumbre la convivencia
incluso con menores de 12 años (8). Otro ejemplo graficaría lo señalado: aquel
que lleva a cabo exhumaciones conforme a los rituales de su cultura en...
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