violacion
DELITOS SEXUALES
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD SEXUALES Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL
CAPÍTULO IVIOLACIÓN
Artículo 171.
A quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de
cualquier sexo, se le impondrá prisión de cuatro a doce años.Se entiende por cópula, la introducción del pene en el cuerpo humano por vía
vaginal, anal o bucal.
Si entre el activo y el pasivo de la violación existiera un vínculo matrimonial, deconcubinato o de pareja, se impondrá la pena prevista en este artículo, en estos casos el delito se perseguirá previa querella.
Se sancionará con las mismas penas a quien introduzca por vía vaginal oanal
cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, por medio de la violencia física o moral o sin el consentimiento de la víctima
Artículo 172.Se aplicarán de seis a veinte años de prisión a quien:
I. Realice cópula con persona menor de catorce años de edad o con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho opor cualquier causa no pueda resistirlo; o
II. Introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o cualquier
parte del cuerpo humano distinto del pene en una persona menor decatorce años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo.
Si se ejerciera violencia física o moral, la pena previstase aumentará en una
mitad.
CAPÍTULO II
ABUSO SEXUAL
Artículo 173.
A quien sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un actosexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo, se le impondrán de seis meses a seis años de prisión
Si se hiciere uso de violencia física o moral, la pena prevista se aumentará en una...
Regístrate para leer el documento completo.