Violencia infantil
El maltrato infantil, reconocido como “toda forma de perjuicio, o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual al niño por parte de sus padres, representantes legales o de cualquier otrapersona que lo tenga a su cargo“,2 nos plantea un escenario que rebasa las manifestaciones de violencia física caracterizadas por el castigo corporal.
Hoy en día se distinguen otros tipos de maltrato hacia los niños y niñas tales como el psicológico o emocional, el abuso sexual y la negligencia.3 Estas situaciones tienen que ver con patrones de comportamiento caracterizados por rechazar, aislar,aterrorizar, humillar, ignorar o amenazar y, aparentemente, no queda evidencia de los daños provocados como aquellos causados por la violencia física.
En la Dirección General de Quejas y Orientación de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) se presentan o se comunican vía telefónica padres o madres de familia que consideran que sus hijos o hijas han sido agredidos por parte desus maestros o autoridades de la escuela a la que asisten. Sin embargo, la gran mayoría de estos padres, a pesar de tener conocimiento de la situación, presentan una confusión respecto de cuál debiera ser el límite de la autoridad que se le atribuye al personal docente a cargo de la formación académica de sus hijos.
Es precisamente la escuela el lugar donde, a pesar de los esfuerzos por aplicarmétodos pedagógicos encaminados a establecer nuevas modalidades de relación, sigue prevaleciendo el sistema tradicional que, dependiendo de las relaciones de poder que se manejen en la dinámica institucional, pueden incidir para que la violencia se favorezca o se desaliente.
En este sentido, con el objeto de dar cumplimiento a una de las funciones de mayor importancia para la Comisión —la deatender a las y los peticionarios que acuden a solicitar apoyo, brindando una atención integral en cada caso—, se realiza una valoración para determinar la mejor alternativa, aun cuando la legislación de la CDHDF establezca que no existe competencia para conocer directamente de los asuntos expuestos.
Tal es el caso de los asuntos de los cuales se desprende una presunta responsabilidad a derechoshumanos por parte de empleados, docentes o directivos de las escuelas oficiales —que se encuentren dentro del Distrito Federal— que estén a cargo de la Secretaría de Educación Pública (SEP), dependencia federal, y cuya investigación correría a cargo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Ante una situación como ésta, la CDHDF ofrece a las y los peticionarios las siguientes opciones: a)Recibir el escrito o elaborar la suplencia de su queja para que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal la remita directamente a la CNDH, para que investigue los hechos.4
b) Acudir directamente a exponer su asunto ante la CNDH, la cual está ubicada en: Periférico Sur Núm. 3469, Col. San Jerónimo Lídice, C.P. 10200, Del. Magdalena Contreras, Tels. 5681 8125 y 5490 7400.
Existen otrassituaciones en las que la orientación se realiza ante otras instancias, de las cuales destacan las siguientes:
1. En aquellos casos en los que se desprenda la presunción de la comisión de algún delito tal como la discriminación, 5 la violación, el estupro, el hostigamiento o el abuso sexual,6 se le orienta verbalmente o mediante un oficio de canalización a la Procuraduría General de Justicia...
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