Violencia Intrafamiliar En Colombia
MARCO JURIDICO
Establecido por la constitución política el carácter de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, en el artículo 42, que el estado y la sociedad deben proteger. Así como la inviolabilidad de la honra, la dignidad y la intimidad familiares y determino que “cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía yunidad, y será sancionada conforme a la ley”.
Todo esto ha tenido unos preceptos legales que se ha dictado en Colombia que es la ley 575/2000 y 599/2000. Así mismo se dispuso un estatuto para protección de la familia mediante la represión de violencia intrafamiliar, en dos órdenes, uno orientado a la protección policiva y otro dirigido a la sanción penal de las conductas de violencia.
CONCEPTOLa violencia intrafamiliar es todo acto de agresión intencional física y sicológica que un miembro de la familia realiza contra otro miembro del mismo núcleo familiar, o entre personas que sin ser familia viven dentro de la misma unidad domestica. Se incurre en esta conducta delictiva cuando el sujeto activo ejecuta actos de violencia material y/o en amenazas, golpes y agresionesemocionales, que causan situaciones de extrema angustia o sufrimiento en el cuerpo o en la salud física o mental de la víctima.
ASISTENCIA PARA LOS CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Cuando una persona es víctima de violencia intrafamiliar existen dos acciones: Administrativa o Civil y Penal; La primera de ellas está representada en las Medidas de Protección que confieren los Comisarios de Familia en primera instancia y/o Juez Promiscuo Municipal y lo que buscan es conjurar de manera inmediata la violencia, proteger a la víctima y a su núcleo familiar en su integridad física, emocional y proteger sus bienes. Estas medidas de protección no son taxativas, pueden ir desde la conminación hasta el desalojo del agresor de su residencia familiar. Tratándose de la acción penal que le corresponde a la Fiscalía General De La Nación, su ejercicio va encaminado al restablecimiento inmediato de derechos de la víctima, su protección y las sanción punitiva del agresor, si hubiere lugar y dada su naturaleza de querellable la debe accionar la propia víctima cuando se trata de mayores de edad y por excepción es de naturaleza oficiosa, tratándosede menores de edad y personas en estado de inferioridad manifiesta.
En los casos de violencia intrafamiliar que constituya delito, se acude a formular la respectiva denuncia penal ante cualquier URI, SAU o autoridad de policía. La víctima tiene derecho a ser conducida hasta un centro asistencial, a ser acompañada por la Policía hasta un lugar seguro hasta su hogar con el fin de retirar sus pertenencias y ser asesorada para la preservación de los actos de violencia, e informada sobre sus derechos y los servicios gubernamentales y privados para las víctimas de este tipo de violencia.
CORTE CONSTITUCIONAL
En fallo de tutela T-382 de 31 agosto de 1994 señaló que:
No cabe duda que los tratos crueles, degradantes o que ocasionen dolor y angustia a nivel corporal o espiritualatentan de manera directa contra la dignidad humana, lo cual impide necesariamente su cabal realización como persona. Y ello es más grave cuando están de por medio los hijos (menores de edad), quienes se verán gravemente afectados en su formación moral e intelectual al observar la conducta inmoral, arbitraria y abusiva de su padre contra su madre.
Es pues en situaciones como la descrita dondetiene real significado y efectividad la tutela como instrumento idóneo, de carácter perentorio e inmediato para que cesen las conductas abusivas y los atropellos del cónyuge, sin que ello signifique, de otro lado, que la actora no pueda ni deba recurrir ante la jurisdicción ordinaria para obtener una solución definitiva al conflicto familiar que ha venido soportando, como resultado de las conductas...
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