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1. Rta: Recibir atención oportuna, para los servicios de SANIDAD AEROPORTUARIA.
2. Recibir información sobre su enfermedad y relacionadacon los efectos del vuelo o de la fisiología de vuelo sobre su condición de salud, sus riesgos y sus limitaciones.
3. Establecer una comunicación clara y transparente con el personal de salud, deacuerdo a sus condiciones psicológicas, culturales e idiomáticas; respecto a su enfermedad, a los procedimientos y tratamientos a realizarse.
4. Recibir un trato digno, amable y cortés, respetando suscreencias y costumbres.
5. Reserva de la información contenida en la historia clínica y revelada por el paciente, con ocasión de los servicios médicos, tratamientos o recomendaciones; esta solo podráser conocida por su propia voluntad o por orden de un juez.
6. Recibir la mejor asistencia médica disponible, de acuerdo a su condición y a los medios autorizados por el marco legal de operacionesde AEROSANIDAD, y a ser recomendado, sugerido o derivado a otras instituciones de salud, de acuerdo a los procedimientos establecidos para regulación de pacientes en las respectivas redes de salud.
7.Solicitar información y explicaciones sobre los servicios que no tienen costos de pago por ellos, así como de los que sean objeto de pago por parte del paciente con ocasión de su continuación enatención.
8. Manifestar su grado de conformidad mediante encuestas de satisfacción y sus no conformidades mediante el uso de derechos de quejas y reclamos, como su obligada oportuna respuesta en untiempo no mayor a 72 horas.
9. A expresar su consentimiento informado y autorización de tratamientos y procedimientos, con la debida explicación sobre los efectos de ellos.
10. A no aceptar tratamientosmédicos o procedimientos, los cuales serán expresamente certificados, registrados y firmados por las partes involucradas, permitiendo siempre la libre expresión de la libertad de decidir del...
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