Wilmary
POLICÍA DE PUERTO RICO
Regístrese bajo:
Colaboración de la Policía con la Administración de Compensaciones por Accidentes de Tránsito para laimplantación de la Ley 138
ORDEN GENERAL
NUM-98- 9
A: Todo el Personal
Asunto: Colaboración de la Policía con la Administración de Compensaciones por Accidentes de Tránsito para la implantación de laLey 138
I. Propósito
Esta Orden tiene como propósito describir el tipo de colaboración que la Policía de Puerto Rico ofrecerá a la Administración de Compensaciones por Accidentes deAutomóviles (ACAA), para lograr la implantación efectiva de la Ley 138 de 1968.
II. Esta Orden está compuesta por las siguientes secciones:
A. Base Legal
B. Definiciones
C. Colaboraciónlnteragencial entre la Policía y la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles
D. Disposiciones Generales
E. Fecha de Efectividad
Esta Orden se emite en virtud de lasdisposiciones de los siguientes estatutos:
1. Ley # 53 de 10 de junio de 1996 “Ley de la Policía de Puerto Rico de 1996”, según enmendada, específicamente en lo dispuesto en el Artículo 5.
2. Reglamentode Personal de la Policía de Puerto Rico, aprobado el 4 de mayo de 1981, según enmendado, excepto en cuanto a aquellas disposiciones que fueren incompatibles con la Ley Núm. 53 “Ley de la Policía dePuerto Rico de 1996”.
B. Definiciones
1. Agencia, Policía, Cuerpo, Organización, Fuerza - Significa la Policía de Puerto Rico.
2. Miembros de la Policía, de la Fuerza, de la Organización,del Cuerpo - Significa únicamente al personal que directamente desempeñe tareas encaminadas a mantener el orden y proteger la vida y propiedad de los ciudadanos y demás deberes similares que seimponen o que en el futuro se impongan a la Policía de Puerto Rico, mientras estén prestando servicio activo como tales.
3. Administración, ACAA - Administración de Compensaciones por Accidentes de...
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