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ARTICULO 16. Los proveedores y empresas que utilicen información sobre consumidores confines mercadotécnicos o publicitarios están obligados a informar gratuitamente a cualquier persona que lo solicite si mantienen información acerca de ella. De existir dicha información, deberánponerla a su disposición si ella misma o su representante lo solicita, e informar acerca de què información han compartido con terceros asì como las recomendaciones que hayan efectuado.
La respuesta acada solicitud deberá darse dentro de los treinta días siguientes a su presentación.
En caso de existir alguna ambigüedad o inexactitud en la información de un consumidor, este se le deberá hacer notaral proveedor o a la empresa, quien deberá efectuar dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la fecha en que se le haya hecho la solicitud, las correcciones que fundadamente indique elconsumidor, e informar las correcciones a los terceros a quienes les haya entregado dicha información.
Para los efectos de esta ley, se entiende por fines mercadotécnicos o publicitarios elofrecimiento y promoción de bienes, productos o servicios a consumidores.
ARTICULO 17. En la publicidad que envìe a los consumidores se deberá indicar el nombre, domicilio, teléfono y, en su caso, la direcciónelectrónica del proveedor; de la empresa que, en su caso, envìe la publicidad a nombre del proveedor, y de la Procuradurìa.
El consumidor podrá exigir directamente a proveedores específicos y aempresas que utilicen información sobre consumidores con fines mercadotécnicos o publicitarios, no ser molestado en su domicilio, lugar de trabajo, dirección electrónica o por cualquier otro medio, para...
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