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Aunque la Constitución de 1991 ordena la separación de la Iglesia y el Estado, la Iglesia Católica mantiene una condición privilegiada de hecho. Se exige adhesión al Convenio de Derecho PúblicoInterno de 1997 a los grupos no católicos para ejercer su ministerio ante el personal militar, los pacientes de los hospitales públicos y los presos, y para impartir instrucción religiosa en lasescuelas públicas. Los dirigentes musulmanes y protestantes alegaron que tenían dificultades para adquirir cargos de capellanía en las instituciones militares y lograr acceso a los presos. El Estadoreconoce como legalmente vinculantes solo los matrimonios celebrados por la Iglesia Católica y las 13 organizaciones religiosas no católicas signatarias del Convenio de Derecho Público Interno de 1997, asícomo por grupos religiosos con condición de asociados. Los miembros de grupos religiosos que no son signatarios del Convenio ni asociados deben casarse en una ceremonia civil para que el Estadoreconozca el matrimonio. Algunos signatarios del Convenio se quejaron de discriminación en el nivel local, en casos en que las autoridades municipales se han negado a reconocer los matrimonios celebradospor los grupos.
Todas las iglesias, seminarios, monasterios y conventos legalmente reconocidos están exentos del pago de impuestos nacionales y locales y de derechos de aduana; sin embargo, elCEDECOL alegó que eso no se respetaba en la práctica y que, según informes, los gobiernos municipales exigían que algunos grupos religiosos no católicos pagaran impuesto predial y otros impuestos localespor sus templos y escuelas. Se informa que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público exigió que los templos no católicos pagaran un impuesto de 4 por ciento sobre todos los diezmos, limosnas y...
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