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Páginas: 47 (11628 palabras) Publicado: 25 de mayo de 2013







LLEGADA DE LA MERCANCIA AL TERRITORIO ADUANERO NACIONAL

DECRETO 2685 DE 1999 ARTICULO 90. ARRIBO DEL MEDIO DE TRANSPORTE. Todo medio de transporte que llegue al territorio aduanero nacional o que se traslade de una parte del país que goce de un tratamiento especial a otra que no lo tenga, deberá arribar por los lugares habilitados por la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales, en los términos en que se confiera tal habilitación.
Por circunstancias especiales debidamente motivadas, la autoridad aduanera en su respectiva jurisdicción, podrá autorizar la entrada de medios de transporte por lugares no habilitados o en días y horas no señalados.
Las naves o aeronaves de guerra estarán exentas de los requisitos previstos en este Capítulo a menos que transporten cargaque deba someterse a un régimen aduanero.
DECRETO 2685 DE 1999 ARTICULO 91. AVISO DE ARRIBO DEL MEDIO DE TRANSPORTE. En los casos en que el medio de transporte no contenga carga o transporte únicamente pasajeros, el transportador dará aviso de su arribo a la Administración de Aduanas correspondiente, con una anticipación mínima de seis (6) horas, si se trata de vía marítima, y de una (1) horacuando corresponda a vía aérea.
Lo anterior sin perjuicio de la obligación de presentar el aviso de llegada.
RESOLUCION 4240 DEL 2000 ARTÍCULO 60. AVISO DE ARRIBO.  La empresa transportadora marítima o aérea, responsable del medio de transporte procedente del exterior sin carga o únicamente con pasajeros, a través de los servicios informáticos electrónicos, deberá dar aviso de la fecha y hora en queel mismo arribará al territorio aduanero nacional, con anticipación mínima de seis (6) horas si se trata de modo marítimo y de una (1) hora, cuando corresponda a modo aéreo, indicando el puerto, muelle o aeropuerto por donde arribará.

PARÁGRAFO.  Cuando un medio de transporte con carga con destino a otros países, deba arribar al territorio nacional para realizar una escala técnica u otraoperación inherente a su itinerario de viaje deberá, en los términos y condiciones previstas en los artículos 91 y 97-1 del Decreto 2685 de 1999 presentar los correspondientes avisos de arribo y de llegada.

En estos eventos la carga trasportada solo podrá descargarse con fines logísticos o cuando el medio de transporte vaya a ser objeto de reparación, para lo cual el transportador deberá obtenerautorización previa por parte del Jefe de la División de Gestión de Control Carga o del Grupo Interno de Trabajo de Control Carga y Tránsitos o la dependencia que haga sus veces de la Dirección Seccional correspondiente. De ser necesario, la mercancía podrá ser objeto de transbordo en cumplimiento de lo previsto en las disposiciones aduaneras.


DECRETO 2685 DE 1999 ARTICULO ARTICULO 92.IMPORTACIÓN DEL MEDIO DE TRANSPORTE. El medio de transporte de matrícula extranjera que arribe al territorio aduanero nacional con el cumplimiento de los requisitos, así como el material propio para el cargue, descargue, manipulación y protección de las mercancías que se transporten en el mismo, se entenderá importado temporalmente por el tiempo normal para las operaciones de descargue, cargue omantenimiento del medio de transporte, sin la exigencia de garantía o documentación alguna, pero con la obligación de su reexportación.
PARÁGRAFO.  Cuando el medio de transporte de matrícula extranjera que arribe al territorio aduanero nacional para realizar operaciones de cargue y descargue, sufra daños o averías que imposibiliten su movilización, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, previacomprobación de este hecho, podrá autorizar su permanencia en el territorio nacional por el término de treinta (30) días, prorrogable hasta por el mismo termino por una (1) sola vez.
Si la reparación del daño o avería requiere un término mayor, el medio de transporte deberá ser declarado bajo la modalidad de importación que corresponda, so pena de que se configure causal de aprehensión y decomiso....
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