zonas libres turísticas
Son áreas geográficas de los territorios nacionales aprobados y delimitados por el poder ejecutivo mediante la Secretaria de Estado en los despachos deeconomía y comercio con el objetivo primordial de promover y desarrollar la industria turística en determinada región del país que reúna ciertas cualidades y condiciones.
Las personas naturales o jurídicasautorizadas para operar dentro de una zona de libre turística (ZOLT) gozaran de los beneficios fiscales consignados en el artículo 11 del decreto N° 37-87 del 7 de abril de 1987, incluyendo los bienesnecesarios para la construcción de sus instalaciones, su equipamiento y puesta en operación; la importación de vehículos terrestres de trabajo de carga y de pasajeros cuya capacidad no sea menos deocho espacios , así como vehículos acuáticos y aeronaves de toda clase y capacidad que sirvan de manera exclusiva a su operación.
Para operar una actividad dentro de una zona libre turística serequiere:
1.) Declararse como comerciante individual o constituirse como sociedad mercantil.
2.) Acreditar la disponibilidad de los recursos técnicos y financieros para su operación.
3.) Contar con unestudio del impacto ambientan en la zona
4.) Estudio de mercado
5.) Contar con los planos de las instalaciones proyectadas indicando la capacidad y especificaciones permanentes si es el caso.Los interesados en operar dentro de una zona libre turística (ZOLT)
deberán presentar una solicitud a la secretaria de estado en los despachos de economía y comercio, previo al dictamen del institutoHondureño de turismo.
Las divisas generadas en zonas libres turísticas estarán sujetas a las regulaciones que sobre el particular emita el Banco Central de Honduras (BCH) y los operadores y losusuarios tendrán la obligación de cobrar o recaudar y pagar respectivamente los impuestos, tasas o contribuciones que determinen las leyes del país.
En la Zona Libre Turística se cuenta con 250...
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