Zonificacion
TEXTO VIGENTE | MODIFICACIÓN | TEXTO FINAL |
| Se agregan tres capítulos al título séptimo del Código: Capitulo I. Aportaciones porMejoras; Capítulo II. Aportaciones por Incremento en el Valor del Suelo y Capitulo III. Aportaciones por Densificación.Asimismo se agregan los artículos 278 bis, 278 ter, 278 quáter, 278 quinquies,278sexies. | TITULO SÉPTIMODE LAS APORTACIONES…CAPITULO IAPORTACIONES POR MEJORASArtículo 278 Bis. Aportación de mejoras es la aportación tributaria a cargo de personas físicas, jurídicas, privadas opúblicas, en el que se recaudan recursos entre un grupo de propietarios o poseedores de inmuebles que tienen un beneficio especial directo del incremento del valor inmobiliario derivado de la realizaciónde una obra públicaArtículo 278 Ter Son características de la aportación de mejoras las siguientes:I. Se cubrirá sólo cuando exista un beneficio especial para un determinado sector de la población,derivado de la ejecución de obras publicas de interés general;II. El cobro de la aportación de mejoras, debe fundarse en lo establecido en la legislación aplicable;III. La aportación de mejoras cóloaplicará por obras ejecutadas por el Gobierno Municipal;IV. En estricto respeto del principio de justifica tributaria, establecido en el artículo 31 fracción IV, de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, la aportación económica por concepto de mejoras, debe ser inferior a la obra ejecutada. El Municipio debe cobrar únicamente a los contribuyentes la parte que le corresponde albenéfico que supone para ellos la obra pública ejecutada;V. El pago de la aportación de mejoras es obligatorio y la obligación se concreta a pagar dicha aportación y esto sucede cuando el Municipioconcluye y pone en servicio la obra ejecutada, pues hasta entonces, estará en condiciones de conocer el costo total de la obra y, en consecuencia, de hacer la derrama respectiva; yVI. El pago de la...
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