Acerca de la DGESPE
La misión de la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación es proponer y coordinar las políticas educativas de educación superior para las instituciones formadoras de docentes a fin de lograr óptimos niveles de calidad y cobertura, así como su integración a las necesidades de la educación básica del país.
Acorde al artículo 21 del ReglamentoInterior de la Secretaría de Educación Pública, corresponde a la Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación, el ejercicio de las siguientes atribuciones:
I. Proponer e impulsar políticas para el desarrollo de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de los profesionales de la educación;
II. Proponer, en coordinación con laSubsecretaría de Educación Básica, las normas pedagógicas y los planes y programas de estudio para la educación superior que impartan las escuelas normales;
III. Establecer mecanismos de coordinación con las instituciones que impartan la educación superior a que se refiere este artículo, a efecto de acordar políticas y acciones para su desarrollo;
IV. Mantener la articulación y congruencia entre loscontenidos, planes y programas de la educación básica nacional con los programas de educación normal y los de actualización y capacitación en la misma, conjuntamente con la Subsecretaría de Educación Básica y las demás unidades administrativas competentes de la Secretaría;
V. Promover que las instituciones a que se refiere este artículo alcancen niveles superiores de desarrollo, medianteprocesos de planeación estratégica participativa y programas integrales de fortalecimiento institucional;
VI. Auspiciar el mejoramiento de la calidad de la educación superior a que se refiere este artículo y la solución de los problemas específicos de la misma;
VII. Elaborar, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, procesos de autoevaluación y evaluación externa de losprogramas educativos y de la gestión institucional en los planteles a que se refiere este artículo;
VIII. Participar en el estudio de los proyectos para la creación de instituciones de la educación superior a que se refiere este artículo;
IX. Gestionar, con la intervención de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las aportaciones federales para las instituciones de educaciónsuperior a las que se refiere este artículo que funcionen como organismos descentralizados y las demás que sean de su competencia;
X. Establecer, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, mecanismos para evaluar el desempeño de las instituciones educativas del tipo superior a que se refiere este artículo;
XI. Proponer y evaluar las políticas de la Secretaría en materia deautorización o reconocimiento de validez oficial de estudios que imparten los planteles particulares del tipo superior a que se refiere este artículo, así como las de revalidación y equivalencia de estudios, en coordinación con la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación;
XII. Promover que en las instituciones de educación superior a que se refiere este artículo, serealicen estudios y diagnósticos que permitan identificar sus características, conocer los resultados obtenidos para sistematizar, integrar y difundir la información necesaria en la evaluación global de este tipo educativo;
XIII. Evaluar, en coordinación con la Dirección General de Evaluación de Políticas, el funcionamiento de las instituciones de educación superior a que se refiere este artículo;XIV. Regular la integración de un sistema nacional de formación de profesionales de la educación;
XV. Desarrollar mecanismos para la coordinación e integración sistémica de las instituciones y programas de educación superior destinados a la formación de profesionales de la educación, y
XVI. Establecer la coordinación necesaria con la Dirección General de Evaluación de Políticas para el diseño y...
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