C 002 93

Páginas: 27 (6523 palabras) Publicado: 19 de septiembre de 2015
Sentencia C-002-93

COSA JUZGADA RELATIVA/TRANSITO CONSTITUCIONAL

La cosa juzgada que se alcanzó en el proceso respectivo no es absoluta, en cuanto no cobijó la totalidad de las posibilidades de contradicción entre la norma objeto de juicio y el ordenamiento constitucional, con lo cual el fallo, por haber limitado él mismo su alcance, dejó espacio para posteriores pronunciamientos judiciales,obviamente relativos tan solo a los aspectos de constitucionalidad no considerados inicialmente. Aunque la norma sub-examine hubiese sido declarada exequible a la luz de la normas constitucionales anteriores, podrá ahora la Corte Constitucional pronunciarse sobre la demanda instaurada, efectuando un análisis de la norma frente a la Carta ahora vigente, dado el alcance apenas relativo de la cosajuzgada.

DEMANDA-Alcance

La Corte Constitucional no se pronunciará sobre la constitucionalidad del inciso final mencionado por entender que, si bien el actor alega en contra de las sanciones allí consagradas diciendo que son penas imprescriptibles, lo hace tan solo en su vinculación con el numeral 6º objeto de la demanda y no con un carácter general aplicable a las demás conductas, no acusadas,previstas por la disposición. No puede hablarse en este caso de unidad normativa entre el numeral impugnado y el inciso final del artículo al cual pertenece, ya que de establecerla así se tendría, muy por el contrario, una proposición jurídica incompleta.

DERECHO AL TRABAJO-Obligación

El derecho al trabajo no solamente es un derecho sino también una obligación, de lo cual resulta que,proporcionalmente a la protección especial que merece del Estado, exige de quien lo ejerce una aptitud e idoneidad reglamentadas por la ley y certificadas por la autoridad competente y unos comportamientos mínimos que aseguren a la sociedad que con ese ejercicio no se causará ningún daño a sus integrantes.

LIBERTAD DE EJERCER PROFESION U OFICIO-Reglamentación

En cuanto atañe a la libertad de ejercerprofesión u oficio, la función de reglamentación a cargo del legislador, que por su naturaleza tiene que cumplirse teniendo en cuenta las características propias de cada ocupación, implica, como su objeto lo indica, el establecimiento de unas reglas adecuadas a los fines que cada una de ellas persigue. Las disposiciones mediante las cuales el legislador reglamenta el ejercicio de las profesiones nocorresponden a la categoría de lo procesal sino que definen materialmente los diferentes aspectos relacionados con la idoneidad de quienes han de ejercerlas, sus prerrogativas, deberes, faltas y sanciones. De allí que carezca de fundamento lo afirmado por el actor respecto de la norma examinada en el sentido de una posible inconstitucionalidad por no existir norma sustantiva que plasmara como falta laconducta en ella prevista.

ABOGADO-Prohibición

Se trata de establecer una restricción justificada a los abogados a su derecho de adquirir por las múltiples vías que la ley contempla, pero circunscrita de manera singular tanto en lo que se refiere a la persona del actual propietario como en lo concerniente a los bienes cobijados por la prohibición, que hacen parte del interés que el cliente tieneen la causa, con la salvedad de lo que se destine al pago de honorarios y gastos. La norma no impide al abogado la celebración de toda clase de actos y contratos, la cual -con la excepción expuesta- permanece intacta, de donde se deduce con toda claridad que no se lo coloca en inferioridad de condiciones u oportunidades por comparación con el resto de los asociados.



SALA PLENA


Ref.:Expediente D-082

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 53, numeral 6º, del Decreto 196 de 1971.

Estatuto de la abogacía. Faltas de lealtad con el cliente.

Actor: HUGO ERNESTO FERNANDEZ ARIAS

Magistrado Ponente:

Doctor JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO



Aprobada en Santa Fe de Bogotá, D.C., el catorce (14) de enero de mil novecientos noventa y tres (1993).

I. LA DEMANDA

El...
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