C 177 14 PRO INFANS
ENTREVISTA FORENSE REALIZADA A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VICTIMAS DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACION SEXUALES-Material probatorio que no vulnera los derechos a la igualdad, debido proceso, defensa, contradicción, ni el acceso efectivo a la administración de justicia, en aplicación del interés superior del menor y del principio pro infans
ENTREVISTAFORENSE REALIZADA A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VICTIMAS DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACIÓN SEXUALES-Participación obligatoria en estas entrevistas de psicólogos, profesionales en desarrollo familiar, trabajadores sociales y profesionales afines
ENTREVISTA FORENSE REALIZADA A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES VICTIMAS DE DELITOS CONTRA LA LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACIONSEXUALES-Integración normativa
INTEGRACION DE UNIDAD NORMATIVA-Jurisprudencia constitucional/INTEGRACION DE UNIDAD NORMATIVA-Carácter excepcional
DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Concepto de violación/DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
PRINCIPIO PRO ACTIONE EN DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Jurisprudencia constitucional/DEMANDA DEINCONSTITUCIONALIDAD-Presupuestos para su presentación en aplicación del principio pro actione
La Corte ha explicado que en aplicación del principio pro actione, la exigencia de los presupuestos para la presentación de una demanda, (i) no debe tener tal rigorismo que haga nugatorio ese derecho ciudadano, (ii) debiendo propender el juez constitucional hacia un fallo de fondo y no uno inhibitorio; porende, (iii) la duda debe resolverse a favor del actor. Al respecto, en el fallo C-978 de diciembre 1° de 2010, M. P. Luis Ernesto Vargas Silva, se indicó (no está en negrilla en el texto original): “No obstante, también ha resaltado, con base en el principio pro actione que el examen de los requisitos adjetivos de la demanda de constitucionalidad no debe ser sometido a un escrutinio excesivamenteriguroso y que debe preferirse una decisión de fondo antes que una inhibitoria, de manera que se privilegie la efectividad de los derechos de participación ciudadana y de acceso al recurso judicial efectivo ante la Corte. Este principio tiene en cuenta que la acción de inconstitucionalidad es de carácter público, es decir abierta a todos los ciudadanos, por lo que no exige acreditar la condición deabogado; en tal medida, ‘el rigor en el juicio que aplica la Corte al examinar la demanda no puede convertirse en un método de apreciación tan estricto que haga nugatorio el derecho reconocido al actor y que la duda habrá de interpretarse a favor del demandante, es decir, admitiendo la demanda y fallando de fondo”.
PROTECCION CONSTITUCIONAL A LOS NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES VICTIMAS DE DELITOSCONTRA SU LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACION SEXUALES-Lineamientos jurisprudenciales
PROTECCION CONSTITUCIONAL A LOS NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES VICTIMAS DE DELITOS CONTRA SU LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACION SEXUALES-Instrumentos internacionales/PRINCIPIO DEL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO-Reconocimiento en el derecho internacional/DERECHOS E INTERESES DE LOS NIÑOS VICTIMAS-Medidas para su protección en todaslas fases del proceso penal en el derecho internacional
INTERES SUPERIOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ANTE DELITOS CONTRA SU LIBERTAD, INTEGRIDAD Y FORMACION SEXUALES DENTRO DEL PROCESO PENAL-Contenido y alcance/PAPEL DE LAS VICTIMAS EN EL PROCESO PENAL-Jurisprudencia constitucional
DERECHOS DE LAS VICTIMAS DE DELITOS-Jurisprudencia constitucional/DERECHOS DE LAS VICTIMAS DEDELITOS-Principios y preceptos constitucionales
PROTECCION REFORZADA A LOS MENORES DE EDAD-Jurisprudencia constitucional
INTERES SUPERIOR DEL MENOR-Criterios jurídicos para determinarlo
DELITOS EN LOS CUALES SON VICTIMAS LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y ADOLESCENTES-Criterios para el desarrollo del proceso judicial que deben ser tenidos en cuenta por la autoridad judicial
BENEFICIOS PUNITIVOS EN DELITOS DE...
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