C 178 07

Páginas: 160 (39754 palabras) Publicado: 9 de junio de 2015
Sentencia C-178/07

ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2005-Trámite legislativo

ACTO LEGISLATIVO 01 DE 2005-Publicación con yerros caligráficos en su título

CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE ACTO LEGISLATIVO-Incompetencia de la Corte Constitucional para estudiar cargos de contenido material

DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD DE REFORMA CONSTITUCIONAL POR SUSTITUCION DE LA CONSTITUCION-Carga argumentativase incrementa

INHIBICION DE LA CORTE CONSTITUCIONAL EN DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD DE ACTO LEGISLATIVO–No sustentación del cargo de sustitución de la Constitución

Los argumentos de la demanda no cumplen con la carga argumentativa mínima señalada en la jurisprudencia en el sentido de exponer razones claras, específicas, pertinentes y suficientes por las que la enmienda constitucional suponeuna sustitución total o parcial de la Constitución, sino que se limita a exponer en extenso en qué consiste la contradicción material entre el Acto Legislativo 01 de 2005 y normas de la Carta del 91 y de derecho internacional. El actor pide la inconstitucionalidad del Acto por vulnerar dichas disposiciones, lo cual implica plantear un cargo de violación material de la Constitución, no un juicio desustitución parcial de la misma. Por lo tanto, la Corte se deberá declarar inhibida respecto de este Cargo por ineptitud sustantiva de la demanda.

INEPTITUD SUSTANTIVA DE DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Cargo que pretende la revisión de todas las reformas constitucionales

INEPTITUD SUSTANTIVA DE DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-Actor no indicó norma constitucional que impida al Congreso reformarla Constitución después que se ha convocado un referendo, que no ha surtido efectos respecto del tema objeto del acto acusado

El texto del Acto Legislativo 01 de 2005 en algunos de sus apartes presenta una coincidencia temática con la pregunta número 8 del artículo 1 de la Ley 796 de 2003, pero sus disposiciones son esencialmente diferentes tanto en la forma como en el fondo. Además, el demandanteno indica cuál es la norma constitucional que le impide al Congreso reformar la Constitución después de que se ha convocado un referendo constitucional que no ha surtido efectos respecto del tema objeto del Acto Legislativo acusado. Finalmente, el punto 8 del referendo no fue efectivamente aprobado o rechazado por el pueblo durante la votación del referendo ya que éste no alcanzó el umbral departicipación requerido. Así, el demandante tampoco justifica por qué la limitante establecida en el artículo 46 de la Ley 134 de 1994 es relevante para el caso. Por lo anterior, el cargo es inepto.

OBSERVACIONES CIUDADANAS A PROYECTO DE LEY O ACTO LEGISLATIVO-Requisitos para la publicación

La publicación de las observaciones realizadas por los ciudadanos en las audiencias públicas convocadas parala discusión de un acto legislativo se encuentran sujetas a dos condiciones. La primera corresponde a que dichas observaciones hayan sido entregadas, de manera personal, con tres días de antelación a la elaboración del informe de ponencia y la segunda que sean consideradas de importancia por el ponente.

OBSERVACIONES CIUDADANAS A PROYECTO DE LEY O ACTO LEGISLATIVO-Discrecionalidad de las cámaraslegislativas para publicarlas o incorporarlas a la ponencia/ DERECHO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN TRAMITE LEGISLATIVO-No demostración por el actor de arbitrariedad en la selección de las observaciones que sí fueron publicadas

Al demandante no le asiste razón cuando argumenta que su derecho a la participación ciudadana fue vulnerado, al igual que los artículos 230, 231 y 232 de la Ley 5 de 1992.Sus observaciones fueron escuchadas durante las respectivas audiencias y en efecto sus comentarios y observaciones fueron reseñados como parte del primer informe de ponencia –primera vuelta- en la Cámara de Representantes. Durante la segunda audiencia no fue así, pero la jurisprudencia ha indicado que la “publicación e incorporación en la ponencia, y particularmente su aceptación, no constituye...
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