c{Odigo Penal Colombiano Articulo 32 Inciso 2
Se va analizar cada causal, definiendo cada concepto desde la doctrina y/o normatividad para luego entrar dentro delcontexto general y la explicación respectiva.
1. En los eventos de caso fortuito y fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito “Es la realizaciónacciden¬tal, es decir, no dolosa ni culposa, de la parte objetiva del tipo el caso fortuito cubre a los supuestos en los cuales es lícita laactuación en cuyo curso se produce accidentalmente el hecho nocivo” y de otra parte, la fuerza mayor “La fuerza mayor es aquel evento que ni pudo serprevisto ni, de haberlo sido, podría haberse evitado” .
Por lo anterior, la doctrina los asocia el caso fortuito con la imprevisión y la fuerza mayorcon la irresistibilidad, en el caso fortuito se puede afirmar que no existe el dolo, ya que la acción no es prevista por el sujeto activo con laintención de hacer daño, son los hechos que suceden ajenos a su voluntad pero consigo afectan a otro y como tal es una conducta antijurídica.
Regístrate para leer el documento completo.