D Civil
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE
MUERTE
LA SUCESIÓN
La sucesión es la sustitución de un sujeto por otro en una
relación jurídica que permanece inmutada en los demás
elementos.
Este fenómeno tiene por causa la muerte de la persona.
La muerte de la persona no sólo origina la sustitución en la
titularidad jurídica sino que puede producir el nacimiento de
otras relaciones jurídicas:usufructo en favor del cónyuge viudo,
etc.
Por ello, se define el Derecho de sucesiones como la parte del
Derecho privado que regula el destino de las relaciones
jurídicas de una persona cuando muere, y de las que con este
motivo se producen.
FUNDAMENTO
Admitida la propiedad privada, el derecho a la herencia
supone un colorario necesario para evitar que los bienes
que pertenecieron a personasfallecidas, al quedar sin
titular, puedan ser objeto de apropiación por cualquiera.
La sucesión hereditaria es un medio para fortalecer el
tráfico jurídico y constituye una manifestación más del
principio de seguridad jurídica:
-Se trata con ella de evitar que existan bienes con titularidad vacante.
-Se trata de evitar que las deudas y obligaciones que pesaban sobre el
fallecido devengan incobrablespor inexistencia de un titular.
Por ello, es natural que el Código civil establezca en su art. 659:
«La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona,
que no se extinguen por su muerte».
Asimismo el art. 661 C.c. dispone:
«Los herederos suceden al difunto por el hecho sólo de su muerte en todos sus
derechos y obligaciones».
Ahora bien, el problema que se planteael Derecho de sucesiones es
determinar:
1.º Qué personas son las que heredan o suceden al titular fallecido.
2.º Si el fallecido, antes del óbito, tiene plena autonomía para designar a sus
sucesores, o debe de respetar el “derecho a heredar” de ciertas personas a las que
la ley atribuye la condición de sucesores.
TIPOS DE SUCESIÓN
Los criterios de clasificación de la sucesión mortis causasuelen ser dos:
El origen de la sucesión
El objeto sobre el que recae
SUCESIÓN VOLUNTARIA Y SUCESIÓN LEGAL (art. 658 C.c.)
La sucesión es voluntaria o testamentaria cuando la persona
del sucesor ha sido designada libremente por el difunto
mediante el testamento.
La sucesión es legal o ab intestato cuando la designación del
sucesor y la regulación del fenómeno sucesorio la hace la Ley.Funciona en defecto de sucesión testamentaria.
SUCESIÓN UNIVERSAL Y SUCESIÓN PARTICULAR
Se llama heredero al que sucede a título universal y
legatario al que sucede a título particular.
El Código civil no define lo que sea suceder a título
universal, pero es doctrina común que esa forma de
suceder implica un llamamiento a la totalidad o parte
alícuota de los bienes.
La sucesión atítulo particular significa que el legatario
sucede en determinadas y concretas relaciones del
causante (lego a Juan mi colección de sellos).
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LA APERTURA DE LA
SUCESIÓN
LA APERTURA DE LA SUCESIÓN Y SUS EFECTOS
La apertura de la sucesión significa que unas relaciones
jurídicas se han quedado sin titular.
Por razones de seguridad jurídica, el lugar dejado
vacante en las relaciones de que eratitular el difunto ha
de ser ocupado por otra persona.
De ahí que la apertura de la sucesión suponga la
iniciación de todo el complejo mecanismo que el Derecho
establece para este fin, cuyas piezas esenciales son:
la vocación de la herencia,
la delación y su ejercicio,
lo que dará lugar a la adquisición o repudiación.
SUPUESTOS
El hecho que origina la apertura de la
sucesión es lamuerte de la persona física.
Viventis non data haereditas.
A la muerte se equipara la declaración oficial
de fallecimiento de una persona.
TIEMPO
La apertura de la sucesión se produce en el
momento de la muerte del causante de la
herencia.
La fijación del momento de la muerte es de gran
trascendencia porque es precisamente al abrirse
la sucesión cuando el llamado a la herencia ha de...
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