D. Comunitario
CONCEPTO: Es el procedimiento, que comprende la presentación, el estudio y la discusión de los créditos. La reclamación o presentación de los títulos de crédito, es obligatoria, no sólo para los acreedores quirografarios, sino también, para los créditos con garantía real, por obligaciones anteriores a la presentación del pedido de convocación. El estudio delos créditos, corresponde al Síndico. El deudor y los propios acreedores, podrán formular las observaciones que crean necesarias. El Juez, por último, podrá aceptarlos o rechazarlos. La verificación de los créditos, se produce en forma automática, cuando no fueron observados por el Síndico, el deudor o los acreedores. Esto implica su aceptación obligatoria, por parte del Juez.
IMPORTANCIA
Es defundamental importancia, en el proceso, ya que trata de ubicar a los auténticos titulares del Dº concursal, número, monto, naturaleza, grado, etc., frente a los demás acreedores. Ej..
• participa en las resoluciones de la junta
• puede impugnar
•concurre al cobro de las cuotas, en el concurso preventivo o dividendo en la liquidación del activo
•activo de la quiebra
Esta es una cuestión, queno se debate. Su importancia es real y positiva, en todas las legislaciones.
OBLIGATORIEDAD DE LA VERIFICACIÓN Y EXCEPCIONES
Admitida la convocación, todos los acreedores, están obligados a presentarse en la Secretaría del Juzgado, donde radique el juicio, con los documentos justificativos de sus créditos, dentro del plazo fijado en el auto respectivo. Inclusive, los que tuvieren privilegio congarantía real. Art. 32 – Ley 154/69: Dictado el auto que admita la convocación, todos los acreedores, inclusive los que tuvieren créditos con garantía real o con privilegios, salvo el derecho de los trabajadores, previsto en las leyes laborales, estarán obligados a presentar en la secretaría, donde radique el juicio y dentro del plazo fijado en el auto judicialrespectivo, los documentosjustificativos de sus créditos o a falta de ellos, una manifestación firmada, con expresión del monto, su origen o causa y privilegio que pretendiesen tener.
A pedido de parte, el juez podrá disponer que el secretario saque copia de los títulos presentados o reciba fotocopia de los mismos y restituya los originales al acreedor, con la constancia de haber sido presentados en tiempo oportuno y certificaciónde autenticidad, en la copia o fotocopia.
EXCEPCIONES
Los empleados y obreros, protegidos por las Leyes Laborales, están exentos de esta obligación, aunque los Tribunales han resuelto que a los efectos de percibir sus salarios o haberes, en caso de demanda, deben reclamar el pago ante el Juez de la quiebra o concurso. Este pago lo hará el Síndico.
VERIFICACIÓN DE CRÉDITO, EN MONEDA EXTRANJERALa quita y espera estipuladas en el concordato, no modifica la naturaleza de laobligación; lo que significa que no existe novación. Por tanto, la obligación pactada en moneda extranjera, subsiste y debe ser abonada al tipo de cambio vigente al día del pago de cada cuota concordatoria.
QUITA
Es la remisión parcial de la deuda. Parte del capital que el deudor dejará de pagar o porción delcrédito que el deudor dejará de percibir.
ESPERA
Es el plazo dentro del cual, el deudor deberá pagar sus deudas, con arreglo al concordato.
OBSERVACIONES
• si la quita alcanza al 50%, la espera no podrá ser superior a 2 años
• si el plazo es superior a 2 años, el máximo de quita, será del 30%
• a los deudores comerciantes, con giro regular en sus negocios, por más de 20años, sin haber solicitadoconvocación de acreedores o declarado la quiebra, sele podrá acordar quitas de hasta el 75%.
UNIDAD 5
FORMA Y PLAZO DEL PEDIDO DE VERIFICACIÓN La verificación de créditos, se produce en forma automática, cuando no fueron observados por el Síndico, el deudor o los acreedores.
Plazo: La lista de acreedores presentada por el Síndico, se pondrá de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, por...
Regístrate para leer el documento completo.