D.O.F. 27012012

Páginas: 336 (83793 palabras) Publicado: 24 de octubre de 2012
Viernes 27 de enero de 2012

DIARIO OFICIAL

(Segunda Sección)

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
NORMA Oficial Mexicana NOM-002-SCT/2011, Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.-Comités Consultivos Nacionales de Normalización de Transporte Terrestre; Transporte Aéreo y de Transporte Marítimo y Puertos.- 4.001/DGAF/NOM-002-SCT/2011.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-SCT/2011, PELIGROSOS MAS USUALMENTE TRANSPORTADOS”. “LISTADO DE LAS SUBSTANCIAS Y MATERIALES

FELIPE DUARTE OLVERA, Subsecretario de Transporte y Presidente de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización deTransporte Terrestre y de Transporte Aéreo, conjuntamente con ALEJANDRO CHACON DOMINGUEZ, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, IV, VI, IX, XII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XXV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38fracción II, 40 fracciones III, V, XIII, XVI y XVII, 41, 43 y 47 fracción IV y 51 de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5o., fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1o., 8o. fracciones VIII, IX, XIII y XIV, 65 y 66 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1o., 6o. fracciones III y V de la Ley deAviación Civil; 28, 31 fracción III del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 1o., 17 y 20 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; 183 del Reglamento de Inspección de Seguridad Marítima; 45 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil; 6o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y demásordenamientos jurídicos que resulten aplicables; y CONSIDERANDO Que para efectos de seguridad y eficiencia, es necesario establecer para los diferentes modos de transporte, uniformidad en la Designación Oficial para el Transporte de substancias y materiales peligrosos, su correspondiente número UN, la clase de riesgo, el tipo de envase y embalaje, las disposiciones especiales que en su caso debanaplicarse, así como la referencia a la instrucción de envase y embalaje adecuado para cada substancia o material peligroso de que se trate. Que es imprescindible que la normatividad se adapte a las innovaciones tecnológicas y se incorporen las especificaciones que contribuyan a proporcionar servicios más eficientes y eficaces, sin detrimento de la seguridad de los usuarios y prestadores de serviciosde transporte en las vías generales de comunicación. Que en materia de transportación de substancias y materiales peligrosos, como resultado de los compromisos derivados del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, en el capítulo IX “Medidas Relativas a Normalización”, se establece que cada parte utilizará como base para sus propias medidas, en lo que a transporte de mercancías peligrosas serefiere, las Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas, Regulación Modelo. Que la transportación por vía aérea y marítima se encuentra sujeta a lo que al efecto se estipula en los Convenios y Acuerdos Internacionales adoptados por nuestro país. Que para dar cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para la emisión de NormasOficiales Mexicanas, con fecha 1 de noviembre de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SCT/2010, Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados, a efecto de que en términos del artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 del Reglamento de la LFMN, los...
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