D.S. 72 Capitulo Ii De Las Obligaciones De Los Trabajadores
DECRETO SUPREMO No. 72 capitulo II. De las Obligaciones de los Trabajadores
Art. 38. Es obligación de cada uno de los trabajadores respetar y cumplir todas lasreglas que le conciernen directamente o afecten su conducta, prescritas en este Reglamento y en otros internos de la faena minera, o que se hayan impartido como instrucciones u órdenes.
Toda personaque tenga supervisión sobre los trabajadores, deberá exigir el cumplimiento de tales reglas o instrucciones.
La Empresa minera deberá disponer de los medios necesarios para que tanto lostrabajadores como los supervisores cumplan con estas exigencias.
El incumplimiento por parte del trabajador a los reglamentos, normas y procedimientos o instrucciones entregadas para el correcto desempeño desu trabajo, podrá ser sancionado por la Empresa conforme a lo establecido por la Ley Nº 16.744.
Art. 39. Sin perjuicio de las mantenciones y/o revisiones realizadas por personal especialista; esobligación de todo trabajador verificar, al inicio de su jornada de trabajo, el buen funcionamiento de los equipos, maquinarias y elementos de control con que deba efectuar su labor. También,verificará el buen estado de las estructuras, fortificación, materiales y el orden y limpieza del lugar de trabajo.
Si el trabajador observa defectos o fallas en los equipos y sistemas antes mencionadosen cualquier lugar de la faena, debe dar cuenta de inmediato a sus superiores, sin perjuicio de las medidas que pueda tomar, conforme a lo que él este autorizado.
Art. 40. Está estrictamenteprohibido presentarse en los recintos de una faena minera, bajo la influencia de alcohol o de drogas. Esto será pesquisado por personal competente, mediante un examen obligatorio que se realizará apetición del Supervisor responsable.
La negativa del afectado al cumplimiento de esta disposición dará motivo a su expulsión inmediata del recinto de trabajo, pudiendo requerirse, si fuera necesario, el...
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