D
7:
LA
REPRESENTACIÓN
DEL
EMPRESARIO
Derecho
de
la
Empresa
1.
INTRODUCCIÓN
• Representación:
“Una
persona
representa
a
otra
cuando
actúa,
facultado
por
ella,
en
nombre
de
ella,
y
por
consiguiente,
recayendo
en
ella
las
consecuencias
de
los
actos
jurídicos realizados
en
esas
condiciones”
• El
representante
deviene
tal
en
virtud
de
un
poder
que
el
representado
le
confiere
(apoderamiento).
• Para que
la
representación
surta
efecto,
el
apoderado
ha
de
actuar
en
nombre
del
representado.
• Nadie
puede
actuar
en
nombre
de
otro
sin estar
autorizado
(falso
representante)
Clases
de
representación
• Voluntaria:
el
interesado
designa
libremente
a
su
representante.
• Legal:
la ley
impone
con
carácter
necesario
la
representación
para
suplir
la
falta
de
capacidad
de
una
persona
• Orgánica:
las
personas
jurídicas necesitan
valerse
de
órganos
para
representarla
frente
a
terceros.
1.
2.
En Derecho mercantil la representación
voluntaria tiene una importante especialidad.
Laspersonas que, por razón del puesto que
ocupan, tienen relaciones con terceros, gozan –
sin necesidad de apoderamiento expreso- de los
poderes necesarios para ejercer sus funciones.
Tipos
de colaboradores
Dependientes
(auxiliares)
Contrato
de
trabajo
Independientes
Contrato
de
comisión,
agencia
o
mediación
Colaboradores
dependientes
Art.
281
y
ss.
Cdc
Apoderado
general
FACTOR
Gerente
Director
General
Apoderados
Singulares
DEPENDIENTES
y...
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