M Todos De Defensa
En la metodología de la defensa se presentan los siguientes métodos:
I. Recursos de revocación.
II. Nulidad.
III. Juicio de Amparo.
IV. Juicio Directo.
V. Juicio Indirecto.
Dentro del plazopara la presentación de pruebas, según el caso 20 o 35 días después del cierre de la última acta parcial, el contribuyente podrá solicitar una reunión con el Presidente y Secretario Ejecutivo delComité de Seguimiento y Evaluación de Resultados en la Administración Local de Auditoría Fiscal, en la Administración Central que le corresponda o en la Autoridad Fiscalizadora Estatal, para aclarar lasdudas sobre las irregularidades que le hayan observado los visitadores y la forma de autocorregirse.
En ningún caso se podrán modificar las contribuciones omitidas y las multas determinadas por laautoridad fiscal, o el plazo para pagar establecido en las disposiciones fiscales.
Cuando las resoluciones administrativas emitidas con motivo de una visita domiciliaria, o de una revisión de gabineteo del procedimiento administrativo en materia aduanera, hubieran sido pronunciadas en contravención a las disposiciones aplicables, los contribuyentes podrán solicitar ante las autoridades fiscales sumodificación o revocación por una sola vez, siempre que no hayan interpuesto el recurso de revocación o el juicio de nulidad y hayan transcurrido los plazos para presentarlos, y sin que hayaprescrito el crédito fiscal. Lo anterior no constituye instancia; por lo tanto, la resolución que se emita no podrá ser impugnada por los contribuyentes.
Los contribuyentes tienen derecho a impugnar lasresoluciones definitivas dictadas por las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades de comprobación, como son los oficios de imposición de multas y la resolución en la que se determinen losadeudos fiscales, entre otros.
Este derecho es irrenunciable. Las autoridades fiscales tienen prohibido exigir la renuncia a estos medios de defensa.
Autocorrección, antes de la iniciativa del...
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