R 063 2011 OS CD
Tipificación de la Infracción
2.15. Incumplimiento de
normas relativas a la
información de libros,
registros internos y/u otros
documentos.
El Peruano
Lima, miércoles 6 de abril de 2011
NORMAS LEGALES
Referencia Legal
Arts.43º incisos g) y h) y 47º del Reglamento aprobado
por D.S. Nº 015-2006-EM.
Resolución de Consejo Directivo Nº 063-2011-OS/CD y
procedimiento anexo.
Arts. 26ºnumerales 1, 2 y 8, 55º numeral 1, 70º numeral 1,
82º numerales 2 y 4, 100º numeral 3, 133º, 206º inciso i,
223º y 225º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 0432007-EM.
Arts. 40º, 53º, 68º y 91º del Anexo 1 del Reglamento
aprobado por D.S. Nº 081-2007-EM
Art. 94º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 051-93-EM.
Art. 70º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 052-93-EM.
Art. 31º del Reglamento aprobado porD.S. Nº 054-93-EM.
Arts. 26º y 54º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 0194-EM.
Arts. 43º inciso g) y 75º del Reglamento aprobado por D.S.
Nº 026-94-EM.
Arts. 20º,22º, 24º, 112º, 114º, 134º, 135º,147º y 151º del
Reglamento aprobado por D.S. Nº 027-94-EM.
Arts. 37º, 39º, 48º y 66º del Reglamento aprobado por
D.S. Nº 019-97-EM.
Arts. 25º 34º y 57º del Reglamento aprobado por D.S. Nº
045-2001-EM.Arts. 73º, 78º, 96º,127º, 250º,252º, 253º,265º, 266º, 278º y
279º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 032-2004-EM.
Arts. 31º, 50º, 53º y 61º del Reglamento aprobado por
D.S. Nº 015-2006-EM.
Resolución de Consejo Directivo Nº 055-2010-OS/CD
Resolución de Consejo Directivo Nº 063-2011-OS/CD y
procedimiento anexo.
Sanción
Otras Sanciones
Hasta 25 UIT
Artículo 6º.- La presente norma entrará envigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Artículo 7º.- Publicar la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.
pe) y en la página web de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe).
ALFREDO DAMMERT LIRA
Presidente del Consejo Directivo
OSINERGMIN
ANEXO I
PROCEDIMIENTO PARA LA INSPECCIÓN, MANTENIMIENTO
Y LIMPIEZADE TANQUES DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, BIOCOMBUSTIBLES
Y OTROS PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objetivo
El presente procedimiento tiene como objetivo establecer los lineamientos técnicos y de seguridad mínimos que deberán
ser considerados en las actividades de inspección, mantenimiento y limpieza de tanques de combustibles líquidos,biocombustibles u otros productos derivados de los hidrocarburos; así como, regular las actividades de adecuación de
tanques del Gasohol.
Artículo 2.- Alcance
El presente procedimiento es aplicable a nivel nacional a los tanques, tuberías, conexiones, equipos y otras instalaciones
(en adelante “Tanques”), que almacenen Combustibles Líquidos, Biocombustibles u Otros Productos Derivados de losHidrocarburos.
El Peruano
Lima, miércoles 6 de abril de 2011
NORMAS LEGALES
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Artículo 3.- Definiciones
Para los efectos de la presente norma, se aplicará las definiciones pertinentes contenidas en el Glosario, Siglas y
Abreviaturas del Subsector Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2002-EM y sus modificatorias,
así como las siguientes:
3.1.
Espacio Confinado: Un espacioconfinado es aquél que tiene las siguientes características:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
3.2.
3.3.
Su tamaño y forma permiten que una o más personas puedan ingresar en él.
Puede tener un medio limitado o restringido para el ingreso o salida de él.
No fue diseñado para estar ocupado en forma permanente.
Contiene una potencial atmósfera peligrosa.
La persona que ingrese a él, podría quedar atrapada oasfixiada.
Puede contener algún otro peligro para la salud o la seguridad del trabajador.
Límite Inferior de inflamabilidad (Lower Flammable Limit – LFL): La concentración mínima de vapor o gas en
mezcla con el aire, por debajo de la cual, no existe propagación de la llama, al entrar en contacto con una fuente
de ignición.
Límite Superior de inflamabilidad (Upper Flammable Limit – UFL): La concentración...
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