R GIMEN ESPECIAL MINERO
ACTIVIDAD MINERA
Son actividades de la industria minera las siguientes
Cateo
prospección
exploración
explotación
labor general
beneficio
comercialización y transporte minero.
CLASIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA
Los emplazamientos de superficie o subterráneos: Edificios, instalaciones anexas o complementarias, estructuras de ingeniería, tanques dealmacenamiento, tuberías en general, generadores, sistemas de transporte, uso de maquinaria, equipo y accesorios en relación con la actividad minera. Exploración, desarrollo, preparación y explotación subterránea, a cielo abierto. Preparación de mecánica incluida la trituración y molienda.- Clasificación de no metálicos. Concentración. Lixiviación o el lavado metalúrgico del material extraído metálicoy no metálico. Fundición. Refinación.
DÍA DEL TRABAJADOR MINERO
Se declara el 5 de diciembre de cada año, como feriado no laborable para los trabajadores mineros .
También comprende a los trabajadores que prestan servicios en la minería metálica.
Se excluyen a los trabajadores que prestan servicios en las oficinas administrativas en localidades distintas a las unidades vinculadas con elproceso de exploración y explotación minera.
DERECHOS LABORALES
REMUNERACION: El Decreto Supremo Nº 007-2012-TR ( 17.05.2012) señala que tienen derecho a percibir el Ingreso Mínimo.
los empleados y obreros de la actividad minera, incluido el personal que labora a través de contratistas y subcontratistas.
La remuneración mínima del trabajador minero no podrá ser inferior a la sumatoria de laremuneración mínima vital (RMV) S/.750.00 nuevos soles y el adicional del 25 % de la misma, S/ 187.50 nuevos soles, por lo que un trabajador minero no podrá percibir menos de S/ 937.50 nuevos soles, conforme lo establece el Decreto Supremo N° 030-89-TR y el DS 022-2007-TR.
No obstante, cuando por la naturaleza del trabajo o convenio, el trabajador labore menos de cuatro (4) horas diarias, percibirá elequivalente de la parte proporcional a la RMV establecida, tomándose como base para este cálculo el correspondiente a la jornada ordinaria del centro de trabajo donde presta servicios.
GRATIFICACIONES
Los trabajadores de la actividad minera tienen derecho al pago de las gratificaciones en el mes de julio y diciembre, equivalente a un sueldo en julio y otro en diciembre, siempre y cuando hayalaborado el semestre completo, (enero-junio) (julio-diciembre), caso contrario percibirá la parte proporcional de acuerdo a la Ley Nº27735 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005- 2002-TR.
Asimismo la Ley N°. 29351 y su Reglamento el Decreto Supremo N° 007-2009-TR,se establece que el monto que abonan los empleadores por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (Es Salud) con relación a lasgratificaciones de julio y diciembre son abonados a los trabajadores bajo la modalidad de bonificación extraordinaria de carácter temporal no remunerativo ni pensionable, hasta 31.12.2014,
estas gratificaciones, no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna (ONP, AFP), excepto aquellos descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador(Impuesto a la Renta, descuentos autorizados por el trabajador, descuentos dispuestos por mandato judicial, hasta 31.12.2014.
COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS (CTS)
El pago de la Compensación por Tiempo de Servicios se regula por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR y su Reglamento Decreto Supremo Nº 004-97-TR.
Este es un beneficio social que le corresponde al trabajador por el tiempo de serviciolaborado para un empleador, todo empleador tiene la obligación de depositar a la cuenta de cada trabajador (banco, caja rural, cooperativas de ahorro), en la primera quincena de mayo y noviembre la respectiva compensación por tiempo de servicio.
En caso se interrumpa el vínculo laboral se tendría que pagar directamente al trabajador dentro de las 48 horas de finalizar el vínculo, conforme lo...
Regístrate para leer el documento completo.