R. Revocacion De Impuesto Estatal Para Repecos
ASUNTO: Se presenta Recurso de Revocación.
SALVADOR GALEANA GOMEZ
GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS
SECRETARIA DE HACIENDA
PROCURADURIA FISCAL
JARDIN JUAREZ No. 7, SEGUNDO PISO
DESPACHO 116
EDIFICIO BELLAVISTA
COL. CENTRO; C.P. 62000
C, SALVADOR GALEANA GOMEZ, con clave de Registro Federal de ContribuyentesGAGS-640226-5W5 por mi propio derecho y con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en CASTULO VILLASEÑOR 23 ANTES 113, Colonia ACAPANZINGO, Cuernavaca, Morelos. Perteneciente al municipio de Cuernavaca Morelos, Código Postal 62440; ante usted, respetuosamente comparezco para exponer:
Que por medio del presente recurso y con fundamento en los numerales 116, 117fracción II. Inciso b). 120, 121, 122, 123, 127, 144 segundo párrafo y demás relativos aplicables del Código Fiscal de la Federación, vengo interponiendo RECURSO DE REVOCACIÓN, y al efecto manifiesto:
ACTO RECURRIDO
La resolución identificada con los números de control 15056090001797, emitidas por la SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACION DEL ESTADO DE MORELOS, mediante lascuales determina a cargo tres créditos fiscales en cantidad de $980.00, cada una, dando un total de $2,940.00 por concepto de multas, por no haber presentado las declaraciones bimestrales REPECOS ACUM. 6-2008, 1-2009 y 2-2009, correspondiente a los bimestres de Noviembre-Diciembre 2008, Enero-Febrero 2009 y Marzo-Abril 2009, mismas que supuestamente le fueron requeridas mediante el documentonúmero 10056090001797.
HECHOS
Bajo protesta de decir verdad manifiesto que como antecedentes y hechos del acto que se controvierte que constan a la recurrente están los siguientes:
AGRAVIOS
PRIMERO.- LAS RESOLUCIÓNES RECURRIDAS, ADOLECEN DE LA AUSENCIA TOTAL DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACION, POR QUE LAS MISMAS FUERON EMITIDAS EN CONTRAVENCIÓN DE LAS DISPOSICIONES LEGALESAPLICADAS, DE AHÍ QUE SE VIOLEN EN PERJUICIO DE MI PERSONA LOS ARTÍCULOS 14 Y 16 CONSTITUCIONALES Y 38, FRACCIÓN IV DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
Como cuestión previa resulta necesario recordar el contenido de los artículos 16, párrafo primero, de la Constitución y 38, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, así como la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nacióndio respecto al cumplimiento de la garantía de fundamentación y motivación que deben cumplir las autoridades en la emisión de los actos de molestia.
Así, respecto al artículo 16, primer párrafo, de la Ley Suprema, se dijo que prevé que todo acto de molestia debe estar contenido en un mandamiento escrito expedido por autoridad competente, en el que se funde y motive la causa legal delprocedimiento.
En tanto que, el artículo 38 del Código Fiscal de la Federación establece que los actos administrativos a notificar deben reunir, “por lo menos”, los requisitos de que consten por escrito, que señalen la autoridad emisora y, según la fracción IV, “estar fundado y motivado y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate”, bastando lo anterior para entender que este preceptopormenoriza la exigencia constitucional de que todo acto de autoridad, para seguridad jurídica del gobernado, debe estar fundado y motivado.
Finalmente, por lo que hace a esta garantía de fundamentación y motivación, la anterior integración de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia sustentó la jurisprudencia 260, publicada en la página 175, del Tomo VI, correspondiente a la MateriaComún, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, que dice:
“FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.- De acuerdo con el artículo 16 de la Constitución Federal todo acto de autoridad debe estar adecuada y suficientemente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero que ha de expresarse con precisión el precepto legal aplicable al caso y, por lo segundo, que deben...
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