t 316 06

Páginas: 18 (4498 palabras) Publicado: 20 de abril de 2015
CORTE CONSTITUCIONAL

Sentencia T-316/06


Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil seis (2006).
Referencia: expediente T-1266966
Acción de tutela instaurada por Eduardo Arturo Hernández Vergara contra la Vicepresidencia de Pensiones del Seguro Social.
Magistrada Ponente:
Dra. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ

La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por losMagistrados Clara Inés Vargas Hernández, Jaime Araújo Rentería y Alfredo Beltrán Sierra, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la siguiente


SENTENCIA

En el proceso de revisión del fallo dictado por el Juzgado Segundo (2) Laboral del Circuito de Bogotá, dentro de la acción de tutela instaurada por Eduardo Arturo Hernández Vergara contra la Vicepresidencia de Pensionesdel Seguro Social.


I. ANTECEDENTES

El señor Eduardo Arturo Hernández Vergara interpuso acción de tutela contra el Instituto del Seguro Social Pensiones, por considerar vulnerados los derechos fundamentales de petición, a la seguridad social, a la salud, al mínimo vital e igualdad. Para fundamentar su demanda señala los siguientes

1. Hechos

a Manifiesta que por medio de Resolución No 3575, del9 de diciembre de 2002, el Seguro Social Seccional Barranquilla le reconoció la pensión de vejez1[1].

b Declara que el 19 de marzo de 2003 interpuso contra la mencionada resolución recurso de reposición y en subsidio apelación con la finalidad de obtener la reliquidación de la pensión y el pago del retroactivo.

c En consecuencia, alega que mediante resolución No 3228, del 22 de julio de 2004, elSeguro Social resolvió el recurso de reposición confirmando la resolución impugnada.

d Así mismo, expone que el 24 de junio de 2005 aportó al ente demandado unos documentos que ayudan a soportar el derecho que le asiste y en los que se señala cual debe ser el ingreso base de liquidación.

e Sostiene que han transcurrido más de dos años sin obtener una respuesta sobre el trámite dado al recursode apelación, “encontrándose con la sorpresa que aún no había sido estudiado por ningún abogado (...), en consecuencia se ha vencido el termino que la ley otorga al ISS para dar respuesta a las peticiones presentadas ante la entidad (Art. 23 y sentencias T-1086 de 2002 y T-795 de 2002).

Por todo lo anterior, solicita que se tutele el derecho constitucional de petición y se ordene a laVicepresidencia de Pensiones del Seguro Social dar respuesta de fondo al recurso de apelación radicado el 19 de marzo de 2003, y como resultado “informe el lugar y la fecha en que debe notificarse del acto administrativo por medio del cual el ISS Reliquide la pensión de vejez, con su correspondiente Retroactivo, desde el 1 de diciembre de 2000 fecha en la cual cumplía con los requisitos legales y teníaderecho a la pensión de vejez”.

2. Respuesta del ente demandado

El Juzgado Segundo (2) Laboral del Circuito de Bogotá envió comunicación telegráfica al Seguro Social notificando la presente acción de tutela, con la finalidad de que ejerciera su derecho de defensa y enviara los documentos pertinentes que informaran el trámite dado al recurso de apelación radicado el 19 de marzo de 2003 (folio 25), noobstante, el ente demandado no dio respuesta al informe solicitado.2[2]

3. Pruebas

Del material probatorio allegado al expediente la Sala destaca los siguientes documentos:

Fotocopia de la cédula de ciudadanía del actor, en la que se consigna que nació el 8 de febrero de 1938 contando en la actualidad con 67 años de edad (folio 13 del cuaderno original).

Fotocopia del recurso de apelaciónque en subsidio se interpuso contra la Resolución No 3575, “Por medio de la cual se reconoce la pensión de vejez”, radicado ante el jefe del departamento de atención al pensionado del Seguro Social, el 19 de marzo de 2003, tendiente a obtener la revocatoria de la citada resolución por considerar que su pensión fue liquidada de manera ilegal y en su lugar se reconozca la pensión “con base a los...
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