02 REGLAMENTO USPA 2007
Y
PATRONES DE ASENTAMIENTO
USPA - 2007
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.‐ (Objeto Naturaleza y Aplicación)
a) El presente Reglamento define las normas que rigen el Uso del Suelo y
los Patrones de Asentamiento para el territorio administrado por las
Sub Alcaldías Urbanas del Municipio de La Paz.
b) Para los efectos del presente Reglamento, el Municipio de La Paz,
comprende todo el territorio definido por la Ley No.1669 del 31 de
diciembre de 1995 que establece los límites y superficie del Municipio
de La Paz, sus áreas urbana y rural.
c) A las disposiciones de este Reglamento se sujeta toda persona natural o
jurídica, pública o privada. Corresponde a las reparticiones
municipales aplicar y hacer cumplir las disposiciones de este
Reglamento.
d) Las normas del presente Reglamento se refieren a las áreas
consideradas en los siguientes Planos de Usos del Suelo y Patrones de
Asentamiento USPA.
1.‐ Plano del Municipio de La Paz
2.‐ Plano General de Usos del Suelo y Patrones de Asentamiento de las
áreas administradas por las Sub Alcaldías Urbanas 2.A.‐ Plano de Densidades
2.B.‐ Plano Topográfico
2.C.‐ Plano Hidrográfico
2.D.‐ Plano de estructura vial
3.‐ Plano de Riesgos Socio Naturales
4.‐ Plano de Áreas Patrimoniales
4.A.‐ Plano de Identificación del Patrimonio Arquitectónico
4.B.‐ Plano de Usos del Centro Histórico
4.C.‐ Plano de Alturas Centro Histórico
4.D.‐ Plano de valoración Centro Histórico
El presente Reglamento, los Planos de USPA del conjunto urbano y por
Macro Distrito, además de las Cartillas Normativas y la Guía de
Interpretación del Reglamento de Usos de Suelo y Patrones de
Asentamiento USPA 2007 constituyen un documento único.
ARTÍCULO 2.‐ (Ámbito de Aplicación)
Es de orden público; su vigencia y aplicación son de carácter obligatorio
para todas las personas sean naturales o jurídicas, públicas o privadas,
dentro del área urbana y de expansión del Municipio de La Paz,
comprendidas por 7 Macro Distritos y administradas por las siguientes
Sub Alcaldías:
Sub Alcaldía Urbana Distrito I Cotahuma; conformada por los
Distritos Municipales Nos. 3, 4, 5 y 6. Sub Alcaldía Urbana Distrito II Maximiliano Paredes; conformada
por los Distritos Municipales Nos. 7, 8, 9 y 10.
Sub Alcaldía Urbana Distrito III Periférica; conformada por los
Distritos Municipales Nos. 11, 12 y 13.
Sub Alcaldía Urbana Distrito IV San Antonio; conformada por los
Distritos Municipales Nos. 14, 15 16 y 17.
Sub Alcaldía Urbana Distrito V Sur; conformada por los Distritos
Municipales Nos. 18, 19 y 21.
Sub Alcaldía Urbana Distrito VI Mallasa; conformada por el
Distrito Municipal No. 20.
Sub Alcaldía Urbana Distrito VII Centro; conformada por los
Distritos Municipales Nos. 1 y 2
Los Distritos Rurales de Zongo y Hampaturi serán objeto de un
tratamiento especial.
ARTÍCULO 3.‐ (Marco Legal)
El presente Reglamento, se rige por la siguiente normativa legal:
a)Constitución Política del Estado.
b) Código Civil.
c) Ley No.2028 de Municipalidades de 28 de octubre de 1999.
d) Ley No.1333 de Medio Ambiente de 27 de abril de 1992 y sus
Reglamentos.
Ley No.3058 de Hidrocarburos de 17 de mayo de 2005 y sus
Reglamentos.
f)
Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar (Decreto Ley Nº 16998 de 2 de agosto de 1979)
g) Ley No. 2803 Sistema de Incentivo a la Salvaguardia del Patrimonio
de 25 de agosto de 2004.
h) Ley No. 2341 de Procedimiento Administrativo
i)
Ley No. 1669 Unidades de División Político Administrativas de 31 de
octubre de 1995.
j)
Decreto Supremo No. 27864 de 26 de noviembre de 2004
k) Ordenanza Municipal No. 37/76, Ordenanza Municipal No 130/77, ...
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