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Páginas: 18 (4275 palabras) Publicado: 6 de junio de 2015
Voces: AGRAVAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE DETENCION ~ ARBITRARIEDAD ~ CARCEL ~ CONDICIONES DE DETENCION ~ HABEAS CORPUS ~ HABEAS CORPUS CORRECTIVO ~ SERVICIO PENITENCIARIO
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación(CS)
Fecha: 19/02/2015
Partes: Gutiérrez, Alejandro s/ causa n° 11.960
Publicado en: La Ley Online; 
Cita Online: AR/JUR/192/2015

Hechos:
Un interno alojado en una unidad delServicio Penitenciario Federal interpuso Habeas Corpus por entender que se advertía un agravamiento en las condiciones de detención, en razón de la demora en el mecanismo de apertura de una puerta que comprometería negativamente la evacuación en caso de emergencias. El Juez de instrucción y la Cámara hicieron lugar a la acción. La Cámara de Casación Penal, a su turno, revocó el pronunciamiento.Interpuesto, por la defensa del interno, recurso extraordinario, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la decisión apelada.

Sumarios:
1. La sentencia que  revocó la admisión del habeas corpus interpuesto ante el agravamiento de condiciones de detención de los internos de una unidad del Servicio Penitenciario Federal, debido al mal funcionamiento del mecanismo de apertura de unapuerta por la cual se evacuaría en caso de emergencia, es arbitraria, pues sostuvo que los jueces intervinientes hicieron lugar a la acción sin afirmar que esto implicaría un agravamiento cuando en la causa se sostuvo que esta situación generaba un riesgo actual e inminente a la seguridad de aquellos.
2. El cese de la situación irregular estructural que ilegítimamente agrava la detención de laspersonas, en el caso, relativa a la seguridad de los internos en casos de emergencia, puede no alcanzarse mediante el mero requerimiento a las autoridades penitenciarias para que se abstengan de realizar una conducta determinada, por lo tanto, para poner fin a este estado de cosas, también puede resultar necesario exigir la adopción de conductas positivas de realizar reformas sistémicas.

TextoCompleto: G.713 T.XLVI
Suprema Corte:
- I -
Mediante un hábeas corpus correctivo entablado en los términos de los artículos 18, 43 y 75, inciso 22, de la Constitucional Nacional y 3, inciso 2, de la ley 21.098, Alejandro G. denuncia que diversos mecanismos de seguridad implementados por el Servicio Penitenciario Federal en la Unidad Penitenciaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la que seencuentra alojado impiden al personal responsable lidiar con las situaciones de emergencia que tendrían lugar tanto dentro del edificio como durante los traslados de las personas detenidas, poniendo en riesgo su vida y su integridad física. G. relata, en particular, que un compañero suyo habría fallecido luego de que las autoridades demoraran no menos de treinta y cinco minutos en atravesar lasbarreras del pabellón, doblemente reforzadas con cadenas y cerrojo, para brindarle atención médica adecuada. Describe también cómo el empleo de cadenas para inmovilizar a los internos cuando son transportados les ha imposibilitado, en la práctica, utilizar sus manos para protegerse cuando el vehículo sufre algún accidente, con graves consecuencias para su salud.
Al hacer lugar a la acción en lainteligencia de que aquellas prácticas en efecto constituyen un agravamiento ilegítimo de las condiciones en las que se encuentran las personas allí detenidas, la jueza de instrucción, primero, y la cámara de apelaciones, al confirmar la sentencia de aquélla, dispusieron que las autoridades carcelarias trabajaran en el relevamiento de la situación conjuntamente con organismos especializados y que, enfunción de las conclusiones obtenidas, capacitaran al personal penitenciario, instrumentaran los mecanismos necesarios para garantizar la seguridad tanto del denunciante como de los demás internos del complejo y rindieran cuenta periódicamente de los avances logrados.
Recurrida por el representante legal del Servicio Penitenciario Federal, la resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones fue...
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