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Páginas: 13 (3018 palabras) Publicado: 19 de noviembre de 2015
TUTELA/ Derecho de petición/ La respuesta de la Entidad se suministró con fecha
posterior al fallo de primera instancia /Confirma decisión del a quo.
“De lo antedicho, considera la Sala que la Juez que avocó la primera instancia falló conforme al
acervo probatorio existente en el expediente, pues como es sabido, y por regla general, el litigio
en materia judicial debe quedar fijado desde laprimera intervención de las partes ante el juez de
conocimiento; es decir que, las partes, deben plantear sus hechos, pretensiones – o
excepciones- y allegar las pruebas que consideren, al momento de presentar la demanda o de
responderla, según sea el caso. De esta manera, cuando una parte impugna una decisión
proferida en primera instancia dentro de una acción de tutela, debe limitar su recurso alcontexto
de hechos, excepciones y pruebas referidos en la primera instancia, sin que le esté permitido
modificar el litigio planteado. Lo anterior, cobra fuerza con lo presupuestado en el artículo 32 del
Decreto 2191 de 1991(…). Así las cosas se encuentra que, al momento de proferirse la
sentencia de primera instancia, la entidad demandada no había acreditado la satisfacción del
derecho de peticióndel actor a través de la respuesta del escrito elevado por él en la fecha 23
de febrero de 2012. Ahora, en relación con el oficio 1377 del 11 de mayo de 2012 (fl. 33) por
medio del cual la Procuraduría pretende probar que no vulneró el derecho fundamental de
petición del actor, se observa que el mismo tiene fecha posterior al fallo de la primera instancia
(10 de mayo de 2012), y por ende, no se dala figura del hecho superado. Razón por la cual, se
comparte el fallo de la primera instancia que concedió el amparo, y por ende, se hace necesaria
su confirmación”.

REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL CAUCA
-SALA DE DECISIÓN 004SENTENCIA T - 076
Popayán, veintidós de junio de dos mil doce.
Magistrada ponente
Clase de Acción
ReferenciaDemandante
Demandado

: Dra. Carmen Amparo Ponce Delgado
: Tutela-Segunda Instancia
: No. 19001333100120120004901
: Alexander Moreno Sáenz.
: Procuraduría General de la Nación.

Procede esta Sala de Decisión a pronunciarse sobre la impugnación instaurada por la parte demandada
en contra de la sentencia de fecha 10 de mayo del 2012, por medio de la cual el Juzgado Primero
Administrativo deDescongestión del Circuito de Popayán concedió el amparo del derecho fundamental
de petición solicitado por el señor Alexander Moreno Sáenz en contra de la Procuraduría General de la
Nación.
I. ANTECEDENTES
1. DEMANDA (fl. 1).

Expediente:
Actor:
Demandada:
Acción:

19001-33-31-001-2012-00049-01
Alexander – Moreno Sáenz
Procuraduría General de la Nación.
Tutela – Segunda Instancia

TRIBUNAL CONTENCIOSOADMINISTRATIVO DEL CAUCA
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1.1 PRETENSIONES:
Del escrito de tutela, comprende la Sala que el demandante solicita se le tutele su derecho de
petición en relación con el escrito presentado por él ante la Procuraduría General de la Nación el
día 23 de febrero de 2012.
1.2 HECHOS:
Refiere el accionante que el día veintitrés de febrero del presente año, elevó un escrito de
petición ante elProcurador General de la Nación, sin que a la fecha de la interposición de la
presente tutela se haya dado respuesta al mismo, razón por la cual denuncia como vulnerado su
derecho fundamental de petición.
Al escrito de Tutela el demandante adjuntó el derecho de petición con fecha de recibido el día 23
de febrero del 2012, en la que solicita al Procurador General de la Nación que intervenga en lasolicitud de traslado de régimen penitenciario previamente realizó ante el INPEC (fl. 5).
2. CONTESTACIÓN
2.1 INTERVENCIÓN DE LA PROCURADORA REGIONAL DEL CAUCA. (fl. 13)
La Procuradora Regional del Cauca intervino en representación de la entidad demandada,
refiriendo que el derecho de petición fue remitido por la Procuraduría General de la Nación a la
regional del Cauca a fin de que ésta última...
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