24 05 2015
ORDEN
GENERAL
No
24635
PARA
EL
DIA
DOMINGO
24
DE
MAYO
DEL
2015
Art. 01.El Comando del Cuerpo de Vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador, FELICITA al siguiente
personal por celebrar el día de hoy sus cumpleaños:
SARGENTO - 2
SARGENTO - 2
CABO - 1
CABO - 1
CABO - 2
CABO - 2
VIGILANTE
VIGILANTE
VIGILANTE
4415
4780
4937
4986
5233
5362
58436459
6556
TRONCOZO ESPAÑA JULIO WALTER
VARGAS MUÑOZ BENANCIO BOLIVAR
ERAZO MUÑOZ EDGAR CECILIO
SANCHEZ LOPEZ BOLIVAR IDILIO
AÑASCO SANTISTEVAN JORGE MAURICIO
OLVERA CORTEZ DEYVIS RAFAEL
LADINES SANDOVAL IVAN JOSE
ROBALINO TORRES JEAN CARLOS
ORTEGA BRIONES HENRY ANDRES
Art. 02.Se comunica a los Jefes de las Delegaciones Urbanas, Rurales y Departamentales, las publicaciones que
constan en la OrdenGeneral del Cuerpo concerniente a las distintas audiencias mediante la secretaria,
secretario o quien haga sus veces deben comunicar a los Oficiales y Personal de Tropa que pertenecen a
dichas dependencias, la obligatoriedad que tienen de asistir a las distintas audiencias dispuestas por los
Jueces competentes, para lo cual deberán recordarle a los agentes de tránsito la fecha, la hora y ante quéautoridad deben asistir, para evitar futuras sanciones económicas o disciplinarias.
Es importante destacar en lo que respecta a las disposiciones legales que constan en el Código Orgánico
Integral Penal y que reforma el Código Orgánico de la Función Judicial y que están en plena vigencia
desde el lunes 10 de febrero del 2014, de acuerdo a lo publicado en el Registro Oficial No.- 180, motivo
que lasJuezas y Jueces están facultados para imponer la multa de dos remuneraciones básicas unificadas
del trabajador en general, cuando los agentes de tránsito que tomen procedimiento en una infracción
culposa, como también los peritos de la OIAT que no asistan a las distintas audiencias, serán sancionados
de acuerdo a lo establecido en el Art. 130 núm. 7 del Código Orgánico de la Función Judicialreformado.
Aquellos agentes de tránsito, que han sido multado, solo podrán justificar su inasistencia cuando se trate
de un caso fortuito o fuerza mayor que de acuerdo al Art. 30 del Código Civil ecuatoriano lo define “Se
llama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un
terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por unfuncionario
público”.
Art. 03.Se comunica a los Oficiales y personal de Tropa de la institución, que tienen la obligación de asistir a las
diferentes audiencias dispuestas por los jueces competentes, para lo cual deberán estar 10 minutos antes
de la hora señalada para que puedan inteligenciarse con antelación las circunstancias de su actuación
operativa.
Además, se ha detectado que agentes detránsito se retractan o cambian su versión relacionado al parte
policial o citación confeccionada, para favorecer al impugnante o procesado, lo que este accionar
constituye un evidente delito flagrante que pudiera llegarse hasta la detención del vigilante de tránsito en el
momento del desarrollo de la Audiencia.
En todas las audiencias estará presente un Abogado de la Unidad Legal para asistir al agentede tránsito,
para lo cual el profesional del Derecho informará por escrito a la Comandancia las novedades existentes.
Art. 04.Se comunica a los señores Oficiales y personal de Tropa de la Institución, que una vez que se presente a
las distintas audiencias que se llevan a cabo en los Juzgados Competentes, como también en la Fiscalía
donde se dan versiones o diligencias, deberán firmar el libro deasistencia en las diversas Oficinas de
Enlace de la Comisión de Tránsito del Ecuador. La finalidad es llevar el estricto control de la asistencia de
los Agentes de Tránsito.
Nuestros Valores: Responsabilidad, Excelencia, Eficiencia, Innovación y Transparencia
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COMISIÓN DE TRÁNSITO DEL ECUADOR
ORDEN
GENERAL
No
24635
PARA
EL
DIA
DOMINGO
24
DE
MAYO
DEL
2015
Art. 05.Nómina de...
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