ACREDITAMIENTO
Elpago mensual será la diferencia que resulte de restar a la cantidad que se obtenga de aplicar la tasa que corresponda en los términos del artículo 2 de esta Ley a las contraprestaciones efectivamentepercibidas en el mes de que se trate, por la enajenación de bienes o la prestación de servicios gravados por esta Ley; el impuesto pagado en el mismo mes por la importación de dichos bienes.icamente procederá el acreditamiento del impuesto trasladado al contribuyente por la adquisición
de los bienes a que se refieren los incisos A) y F) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, asícomo el
pagado por el propio contribuyente en la importación de los bienes a que se refieren los incisos A), C), D),
E) y F) de dicha fracción, siempre que sea acreditable en los términos de lacitada Ley.
Tercer párrafo. (Se deroga).
El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los
valores señalados en esta Ley, las tasas a quese refiere la fracción I, incisos A) y F) del artículo 2o. de la
misma, o de la que resulte de aplicar las cuotas a que se refieren los artículos 2o., fracción I, inciso C),
segundo y tercerpárrafos y 2o.-C de esta Ley. Se entiende por impuesto acreditable, un monto
equivalente al del impuesto especial sobre producción y servicios efectivamente trasladado al
contribuyente o el propioimpuesto que él hubiese pagado con motivo de la importación, exclusivamente
en los supuestos a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, en el mes al que corresponda.
Para que sea...
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