actividad 3 unidad 2 de juicios especiales
El artículo 723 del CPCDF refiere; el recurso de queja tiene lugar, en los siguientes supuestos:
a.- contra el juez que seniega a admitir una demanda o desconoce de oficio la personalidad de un litigante antes del emplazamiento;
b.- respecto a las interlocutorias dictadas para la ejecución de sentencias;c.- contra la denegación de apelación;
d.- en los demás casos fijados por la ley.
2.- Ante quién se interpone.
El artículo 725 del CPCDF refiere que el recurso de queja contraresoluciones del juez se interpondrá ante este…
3.- Término para interponerlo.
Se interpondrá ante este, dentro de los tres días siguientes al acto reclamado según artículo 725 delCPCDF
4.- Procedimiento para su substanciación.
El artículo 725 del CPCDF, refiere que deberá expresar los motivos de inconformidad, asimismo el artículo 727 del mismo ordenamiento,refiere:
El recurso de queja contra los jueces solo procede en las causas apelables a no ser que se intente para calificar el grado de la denegación de apelación.
5.-Responsabilidad de los sujetos y órgano encargado de resolver.
El artículo 725 del CPCDF en su segundo párrafo nos indica que la falta de remisión del recurso de queja e informe conjustificación dentro del término de tres días por parte del juez al superior dará lugar a la imposición de una corrección disciplinaria por parte del superior, de oficio o a petición del quejoso.Asimismo el artículo 726 refiere:
Si la queja no está apoyada por hecho cierto o no estuviere fundada en derecho o hubiere recurso ordinario en contra de la resolución reclamada,será desechada por el tribunal, imponiendo condena en costas contra el recurrente.
Fuente:
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Artículos 724-727
Regístrate para leer el documento completo.