Análisis Semánticos De Los Tipos Básicos De La Ley De Armas
El responsable de este delito será sancionado con prisión de cinco (5) a ocho (8) años inconmutables y comiso de las armas.
Si las armas sonmás de dos (2) o de las clasificadas en esta Ley como armas de fuego bélicas o de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, armas blancas bélicas o de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas bélicas y armas experimentales, la pena a imponerse será de ocho (8) a doce (12) años de prisión inconmutables y comiso de las armas.
Si el delito escometido por funcionario o empleado público, la pena se aumentará en una tercera parte y se sancionará además con inhabilitación para el ejercicio de cargo, función o empleo público por el mismo tiempo.
Bien Jurídico tutelado: Tranquilidad social
Elemento descriptivo: Quien sin tener licencia o autorización, o sin declarar en la aduana respectiva ingrese al territorio nacional cualquier tipode arma.
Sujeto activo: -Cualquier persona
-Calidad específica: funcionario o empleado público
Sujeto pasivo: -Aduana
- Estado
Supuesto lógico: Existencia de un procedimiento legal de importación de armas.
Elemento objetivo: sin tener, sin declarar, ingresar.
Elemento subjetivo: Dolo
Elemento material: armas
Pena: -5 a 8 años deprisión inconmutables y comiso de las armas
-8 a 12 años de prisión inconmutables y comiso de las armas. En caso de ser funcionario o empleado público, se aumentará en una tercera parte.
Tipos derivados:
Importación ilegal de municiones:
Pena: -De 3 a 5 años (si la cantidad de municiones ilegales es menor a 50) y comiso de la munición.
-De 5 a 8 años de prisión (sila cantidad de municiones ilegales es mayor a 50) y comiso de la munición.
Objeto material: Municiones para armas de fuego
Artículo 101. Exportación ilegal de armas de fuego. Comete el delito de exportación ilegal de armas de fuego, quien sin tener autorización previa de exportación de la DIGECAM, exporte armas del territorio nacional. El responsable de este delito será sancionado de cinco(5) a ocho (8) años de prisión y comiso de las armas.
La pena será de seis (6) a diez (10) años de prisión y comiso de las armas, si éstas son de las clasificadas en esta Ley como armas de fuego bélicas o de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, armas blancas bélicas o de uso exclusivo del Ejército de Guatemala, explosivos, armas químicas, biológicas, atómicas, trampas y armas experimentales.Elemento descriptivo: quien sin tener autorización previa de exportación de la DIGECAM, exporte armas del territorio nacional.
Bien Jurídico Tutelado: Tranquilidad social
Supuesto lógico: Existencia del procedimiento de la DIGECAM para la exportación de armas.
Sujeto activo: Cualquier persona
Sujeto pasivo: El Estado
Elemento objetivo: sin tener autorización, exportar
Elementosubjetivo: Dolo
Elemento material: armas de fuego
Pena: - Prisión de 2 a 5 años inconmutables y comiso de las municiones
-Prisión de 5 a 8 años de prisión (si las municiones son para armas bélicas o de uso del Ejército) y comiso de las armas.
Tipo derivado:
Exportación ilegal de municiones para armas de fuego
Pena: -Prisión de 2 a 5 años inconmutables y comiso delas municiones
-Prisión de 5 a 8 años inconmutables (si las municiones se consideran de uso de armas bélicas o del uso del ejército).
Elemento material: Municiones para armas de fuego
Artículo 103. Venta ilegal de armas de fuego. Comete el delito de venta ilegal de armas de fuego, quien sin tener la debida autorización de la DIGECAM, venda armas de fuego.
Se exceptúa el caso...
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