Camara De Comercio
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Las entidades sin ánimo de lucro son personas jurídicas capaces de contraer obligaciones yejercer derechos, tienen como objetivo principal la realización de fines de beneficio común sin que ello implique que los asociados puedan repartirse utilidades ni que se puedan adjudicar remanentes alser liquidada la entidad. El Código Civil colombiano en el artículo 633 clasifica este tipo de personas jurídicas en las de naturaleza fundacional (fundaciones) y las asociativas (asociaciones ycorporaciones). Las fundaciones se caracterizan por la destinación que hace su fundador o sus fundadores, de unos bienes o dineros preexistentes para la realización de unas actividades que puedan generarbienestar social. En cambio las asociaciones o corporaciones son el resultado de la voluntad de una pluralidad de personas que buscan ofrecer un bienestar físico, intelectual y moral a sus asociados. Enel año 1995, con la expedición del Decreto 2150 se suprimió el reconocimiento de personería jurídica, disponiendo que a partir del registro en las Cámaras de Comercio, se conformaría una personadiferente a los miembros individualmente considerados. A su vez el mencionado decreto en su artículo 42 estableció lo siguiente: “Los estatutos y sus reformas, los nombramientos de administradores, loslibros, la disolución y liquidación de las personas jurídicas formadas según lo previsto en este capítulo, se inscribirán en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el domicilio principal de lapersona jurídica en los términos previstos para el registro de actos de las sociedades comerciales”. Este registro fue reglamentado por el artículo 10 del decreto 427 de 1996 que dice: “Para efectos de la...
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