cir. 239

Páginas: 8 (1928 palabras) Publicado: 24 de septiembre de 2014
Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones

CIRCULAR N° 239
VISTOS : Lo dispuesto en los Artículos 82, del D.L. 3.500 de 1980, y el Articulo 5, letra a) del
D.F.L. N° 5 del Ministerio de Hacienda, de 1963, sobre estatuto orgánico del Servicio de Tesorería,
y las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones
de cumplimientoobligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones.
REF.: GARANTIA ESTATAL; PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE CUOTAS POR
TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA, EN CASOS QUE INDICA.

1.-

De producirse la causal referida en el Art. 82 del decreto ley 3.500 de 1980, reglamentado
por el decreto supremo N° 50 de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el
Estado pagará lagarantía estatal a la Administradora de Fondos de Pensiones que
corresponda según las indicaciones que más adelante se detallan.

2.-

Respecto de pensiones superiores a los montos de pensiones mínimas establecidas en los
artículos 77 y 78 del D.L. 3.500 de 1980, la garantía del Estado cubrirá el setenta y cinco
por ciento del exceso, hasta un máximo de cuarenta y cinco Unidades de Fomentomensuales.

3.-

La Administradora de Fondos de Pensiones que requiera el pago de la garantía estatal
señalada en los puntos 1 y 2 precedentes, deberá presentar a la Superintendencia de
Administradoras de Fondos de Pensiones, toda la información necesaria para justificar el
hecho de haberse devengado tal garantía estatal debiendo incluirse en ella los certificados en
que consten ladeclaratoria de quiebra de la respectiva Compañía de Seguros y el hecho de
que ésta haya dejado de dar cumplimiento a las obligaciones emanadas del contrato
correspondiente.
La restante información corresponderá al Expediente de Pensión, establecido en la Circular
N° 168 de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones.

4.-

La garantía estatal a que se refieren los puntos 1 y 2 dela presente Circular, será igual al
monto de pensión mínima correspondiente a cada beneficiario, de acuerdo a lo señalado en

Superintendencia de Administradoras
de Fondos de Pensiones
los Art. 77 y 78 del D.L. 3.500, más el setenta y cinco por ciento de la diferencia entre ese
monto de pensión mínima y el monto de la pensión devengada, con un máximo, en total, de
45 Unidades de Fomento.Esto es,
Monto de pensión garantizado por el Estado
(Art. 88 D.L. 3.500)

[( Pi - P m )x.75 + P m]_ 45U.F.
siendo.
Pi = Pensión de invalidez o de sobrevivencia, correspondiente.
Pm = Pensión mínima de invalidez o de sobrevivencia, correspondiente.
5.-

La Superintendencia de administradoras de Fondos de Pensiones procederá a dictar una
Resolución Exenta por los beneficiarios de garantíaestatal y enviarla a Tesorería General de
la República. Este documento pasará a constituir el antecedente de respaldo mediante el cual
el Servicio de Tesorería entregará los recursos a la Administradora de Fondos de Pensiones
señalada en dicha Resolución Exenta contendrá los datos consignados en el formato tipo
adjunto.

6.-

Cada Administradora de Fondos de Pensiones procederá a retirarla garantía estatal del mes,
el día 20 del mismo; o el día hábil siguiente si éste fuera Sábado, Domingo o festivo, en la
Sección Egresos de la Tesorería Regional Metropolitana ( Teatinos 28, segundo piso).

7.-

Dicha Sección confeccionará un Giro Global y Comprobante de Egresos formularios 72, con
su respectivo cheque, por cada Administradora de Fondos de Pensiones que tenga
pensionadoscon derecho a la garantía estatal, imputando el gasto a la cuenta
(50.01.03.24.30.007.2 "Garantía Estatal Pensiones Mínimas D.L. 3.500 de 1980").

8.-

Confeccionado el cheque, procederá a entregarlo en la fecha señalada en el punto 6,
verificando la identidad de la persona a la cual se le entrega. Para tal efecto las
Administradoras de Fondos de pensiones deberán comunicar a la Tesorería...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Ciro
  • CIRA
  • cira
  • Ciro
  • cir
  • Ciren
  • Ciro
  • CIRE

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS