codigo del trabajo con sus reformas
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Edición rubricada y concordada con
Normas Internacionales del Trabajo
Humberto Villasmil Prieto y
Giovanni Rodríguez Mejía
Editores
2005
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Nota a los lectores.
Presentamos a la consideración de los lectores esta edición del Código
del Trabajo, rubricada y concordada con las normas internacionales del
trabajo
(NIT"s)
vigentes
en
Nicaragua.Algunas
advertencias
metodologícas cabria apuntar y nos resultan de rigor.
Se trata, esta, de una edición rubricada y concordada con las NIT"s, de
manera que las referencias cruzadas entre las normas de fuente
nacional se omiten por no corresponder al formato de esta publicación.
Queda a salvo de ello las atinentes a la propia Constitución Política de la
Republica de Nicaragua que se agregan,cuando corresponda, por
tratarse de la norma fundamental.
Las concordancias de cada disposición del Código con las NIT"s, no
prejuzgan sobre la conformidad especifica entre la norma interna y los
Convenios
determinar,
y Recomendaciones de la OIT, lo que corresponde
conforme
con
la
Constitución
de
la
Organización
Internacional del Trabajo, a los Órganos de control regular o especiales.
Estaedición persigue destacar puntualmente, esto es considerando cada
articulo por separado, el vinculo entre el Código del Trabajo y las NIT"s,
con base a un criterio de afinidad o de correspondencia temática, sin
que ello suponga ni implique que la legislación y la practica nacional
interna, en cada caso, puedan estar en todo conforme o no con los
Convenios y las Recomendaciones de la OIT.
Lasconcordancias que se incluyen se limitan al ámbito de las NIT"s o de
los instrumentos internacionales sobre derechos humanos fundamentales
(dd.hh.ft) ratificados por Nicaragua y vigentes para el momento del cierre
de esta edición, sin perjuicio de incorporar, como en efecto, aquellas que
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por su naturaleza no están abiertas a la ratificación por los Estados,
como ocurre en el caso de lasRecomendaciones adoptadas por la OIT.
A propósito de las Recomendaciones cabe advertir que cuando se agrega
una referencia a alguna de ellas, lo es porque guarda relación temática
con algunos de los Convenios ratificados por Nicaragua.
De igual manera se cruzan referencias con fuentes internacionales
especificas (Vgr. las Declaraciones) que, si bien no están de ordinario
abiertas a la ratificación, no dejande resultar fuentes del Derecho
Internacional y, relevantemente, del Derecho Universal de los Derechos
Humanos.
Asimismo, las concordancias que se incluyen respecto de las NIT"s o de
los instrumentos internacionales sobre dd.hh.ff no prejuzgan, tampoco,
sobre el rango que, a propósito de la ordenación de las fuentes, se les
reconozca en el orden interno, virtud de la legislación o lajurisprudencia
nacional.
La rubrica que se agrega a cada norma del Código, sea la principal o las
rubricas marginales, en su caso, no forman parte del texto oficial del
mismo. Su inclusión, en tal sentido, es de la responsabilidad de los
editores que con ello intentan destacar, puntualmente, tomas relevante
de cada disposición brindando al lector la posibilidad de ubicar mas
fácilmente el contenido de lanorma.
Sin perjuicio de ello, en su caso y cuando nos pareció ajustado, se
incluyen algunas referencias doctrinarias o bien principios y reglas de
aplicación o de interpretación generalmente admitidos en el Derecho
Laboral Comparado. Cabe advertir que la referencia a algún principio
fundamental se hace de modo ejemplificativo, sin pretender agotar todos
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y cada uno de los casos en que el mismoprincipio pueda verse
reproducido en otras normas del Código.
El Código cuyo texto* se rubrico y concordó a los fines de la presente
edición corresponde a la Ley número 185, publicada en La Gaceta, del 30
de octubre de 1996.
Enero de 2006.
*
Texto digital tomado del sitio NATLEX de la OIT
http://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/WEBTEXT/45784/65050/S96NIC01.htm diciembre 2005
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