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Páginas: 735 (183547 palabras) Publicado: 23 de agosto de 2013
Código Civil,
25 de Septiembre de 1869

CODIGO CIVIL
Estado de la Norma: Vigente

DATOS DE PUBLICACIÓN
ASUNTO
LEY N° 340 - Código Civil de la República Argentina - Texto vigente conforme las modificaciones
introducidas por las Leyes Nros. 17.711, 17.940, 20.089, 21.173, 23.246, 23.515, 23.647, 24.432, 24.441,
24.462, 24540, 24.779, 24.830, 25.509, 25.628, 25.781, 26.056, 26.449 yDecreto N° 1.387/01.
Cantidad de Artículos: 4051
Fecha de Entrada en Vigencia: 01/01/1871
ARTICULO 1° - El Código Civil redactado por el Doctor Dalmacio Vélez S rsfield se observar como Ley en la
República Argentina desde el 1° de enero de 1871. ARTICULO 2° - La Suprema Corte de Justicia y
Tribunales Federales de la Nación dar n cuenta al Ministro de Justicia, en un informe anual, de las dudas ydificultades que ofreciere en la pr ctica, la aplicación del Código, así como de los vacíos que encontrasen en
sus disposiciones para presentarlas oportunamente al Congreso. ARTICULO 3° - El Poder Ejecutivo recabar
de los Tribunales de rovincia, por conducto de los respectivos gobiernos, iguales informes para los fines del
artículo anterior. ARTICULO 4° - Autorízase al Poder Ejecutivo para hacerlos gastos que demande la
impresión del Código Civil, debiendo sólo tenerse por auténticas las ediciones oficiales. ARTICULO 5° Comuníquese, etcétera.
CODIGO CIVIL

LIBRO PRELIMINAR
TITULOS PRELIMINARES
TITULO I - De las leyes
ARTICULO 1° - Las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean
ciudadanos o extranjeros, domiciliados o transeúntes.ARTICULO 2° - Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día que determinen.
Si no designan tiempo, ser n obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial.
ARTICULO 3° - A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplicar n aún a las consecuencias de las

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relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tienen efectoretroactivo, sean o no de orden público, salvo
disposición en contrario. La retroactividad establecida por la ley en ningún caso podr afectar derechos
amparados por garantías constitucionales.
A los contratos en curso de ejecución no son aplicables las nuevas leyes supletorias.
ARTICULO 4° - Nota de redacción: Derogado por Ley 17711.
ARTICULO 5° - Nota de redacción: Derogado por Ley 17711.
ARTICULO6° - La capacidad o incapacidad de las personas domiciliadas en el territorio de la República,
sean nacionales o extranjeras ser juzgada por las leyes de este Código, aún cuando se trate de actos
ejecutados o de bienes existentes en país extranjero.
ARTICULO 7° - La capacidad o incapacidad de las personas domiciliadas fuera del territorio de la República,
ser juzgada por las leyes de surespectivo domicilio, aún cuando se trate de actos ejecutados o de bienes
existentes en la República.
ARTICULO 8° - Los actos, los contratos hechos y los derechos adquiridos fuera del lugar del domicilio de la
persona, son regidos por las leyes del lugar en que se han verificado; pero no tendr n ejecución en la
República, respecto de los bienes situados en el territorio, si no son conformes a lasleyes del país, que
reglan la capacidad, estado y condición de las personas.
ARTICULO 9° - Las incapacidades contra las leyes de la naturaleza, como la esclavitud, o las que revistan el
car cter de penales, son meramente territoriales.
ARTICULO 10 - Los bienes raíces situados en la República son exclusivamente regidos por las leyes del
país, respecto a su calidad de tales, a los derechos de laspartes, a la capacidad de adquirirlos, a los modos
de transferirlos, y a las solemnidades que deben acompañar esos actos. El título, por lo tanto, a una
propiedad raíz, sólo puede ser adquirido, transferido o perdido de conformidad con las leyes de la República.
ARTICULO 11 - Los bienes muebles que tienen situación permanente y que se conservan sin intención de
transportarlos, son regidos...
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