Codigo Tributario
• “Los sujetos obligados al pago del tributo, de acuerdo con
lo establecido en los artículos precedentes, tienen derecho a
exigir a los respectivoscontribuyentes la devolución del
monto pagado”
Artículo 20º-A.- EFECTOS DE LA RESPONSABILIDAD
SOLIDARIA
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La deuda tributaria puede ser exigida total o parcialmente a cualquiera de los
deudorestributarios o a todos ellos simultáneamente
.La extinción de la deuda tributaria del contribuyente libera a todos los
responsables solidarios de la deuda a su cargo.
Los actos de interrupción efectuados por laAdministración Tributaria respecto
del contribuyente, surten efectos colectivamente para todos los responsables
solidarios.
La suspensión o conclusión del procedimiento de cobranza coactiva respectodel contribuyente o uno de los responsables
Artículo 21º.- CAPACIDAD TRIBUTARIA
LA CAPACIDAD TRIBUTARIA
Es la obligación que es de derecho publico,
Vinculo entre el acreedor y deudor tributarioestablecido por ley, que tiene por objeto el
cumplimiento la prestación tributaria.
Las personas naturales o
jurídicas, comunidades de
bienes, patrimonios, sucesiones
indivisas, fideicomisos,
sociedadesde hecho,
sociedades conyugales u otros
entes colectivos, aunque estén
limitados o carezcan de
capacidad o personalidad
jurídica según el derecho privado
o público, siempre que la Ley le
atribuya lacalidad de sujetos de
derechos y obligaciones
tributarias.
Artículo 22º.- REPRESENTACION DE PERSONAS
NATURALES Y SUJETOS QUE CARECEN DE
PERSONERIA JURIDICA
• La representación de los sujetos quecarezcan de
personería jurídica, corresponderá a sus integrantes,
administradores o representantes legales o designados.
Tratándose de personas naturales que carezcan de
capacidad jurídica para obrar,actuarán sus representantes
legales o judiciales.
• Las personas o entidades sujetas a obligaciones tributarias
podrán cumplirlas por sí mismas o por medio de sus
representantes.
Artículo 23º.-...
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