1.Personas naturales que presenten “para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio”, la sanción será leve y es de 0,5 salarios mínimosmensuales legales vigentes, si se trata de personas naturales. En caso de personas jurídicas, la sanción por esta conducta será moderada de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir,5’660.000 pesos. 2.Personas naturales que no usen los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos” recibiránuna sanción leve de 0,5 salario mínimo mensual, es decir, 283.000 pesos. Las personas jurídicas tendrán una sanción moderada por 10 salarios mínimos mensuales (5’660.000 pesos). 3. Arrojar residuossólidos o escombros en espacio público en sitios no autorizados implica una sanción grave a persona natural de 1,5 salarios mínimos mensuales (849.000 pesos). Para persona jurídica, la sanción tambiénes grave y alcanza los 15 salarios mínimos mensuales, es decir, 8’490.000. 4. Igual de grave para una persona natural es la conducta de arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o ensitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructurasde servicios públicos, entre otros. La multa es de 1,5 salarios mínimos, 849.000 pesos. Para una persona jurídica, la sanción también es grave y de 15 salarios mínimos mensuales (8’490.000). 5.Arrojar, escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, bosques, entre otros ecosistemas y a fuentes de agua, es un acto con sanción gravísima de 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes para unapersona natural, es decir, 1’132.000 pesos. Para una persona jurídica, la sanción también es gravísima con una sanción de 20 salarios mínimos, en otras palabras, 11’320.000. 6. Extraer parcial o...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.