Conceptos De Violacion
V.- GARANTÍAS VIOLADAS.- se vulneran en nuestra contra las siguientes garantías de seguridad, de audiencia y legalidad que tutela el artículo 16 de la Carta Magna
C O N CE P T O S D E V I O L A C I O N
Dispone el artículo 16 constitucional que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud demandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, no podrá librarse ninguna orden de aprehensión o de detención sino por una autoridad judicial, sin quepreceda denuncia, acusación o querella de un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal y sin que estén apoyadas aquellas por declaración bajo protesta de persona digna de fe o por otrosdatos que hagan probable la responsabilidad del inculpado”. Y en la especie si bien se encuentra enunciado el ilícito o ilícitos por los que se nos considera presuntos responsables, también lo es queno existen datos que hagan presumible tal responsabilidad como lo ordena la garantía transcrita.
Por lo que respecto a la orden de aprehensión que reclamamos debe tener como antecedentes unadenuncia relativa a hechos determinados que la ley castiga con pena corporal y además contener datos verosímiles y congruentes que relacionados y corroborados con las declaraciones de las personas quefungen como testigos de cargo o demás pruebas existentes satisfagan los extremos del artículo 16 constitucional que exige como mínimo de los requisitos para dictar un mandamiento de tal naturaleza que ladenuncia está apoyada con testimonios y otros elementos de prueba que hagan probable la responsabilidad del inculpado la cual no ocurre en la especie.
En ese orden de ideas y ante un desglose de la...
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