Constituci n Art
Artículo 94.- La Cámara de Senadores se compondrá de treinta miembros, elegidos directamente por el pueblo, en una sola circunscripción electoral, conforme con las garantías y las normas que para el sufragio se establecen en la Sección lIIy a lo que expresan los artículos siguientes.
Será integrada, además, con el Vicepresidente de la República, que tendrá voz y voto y ejercerá su Presidencia, y la de la Asamblea General.
Cuando pase a desempeñar definitiva o temporalmente la Presidencia de la República o en caso de vacancia definitiva o temporal de la Vicepresidencia, desempeñará aquellas presidencias el primer titular de lalista más votada del lema más votado y, de repetirse las mismas circunstancias, el titular que le siga en la misma lista. En tales casos se convocará a su suplente, quien se incorporará al Senado.
Artículo 95.- Los Senadores serán elegidos por el sistema de representación proporcional integral.
Artículo 96.- La distribución de los cargos de Senadores obtenidos por diferentes sublemas dentro del mismolema partidario, se hará también proporcionalmente al número de votos emitidos a favor de las respectivas listas.
Artículo 97.- Los Senadores durarán cinco años en sus funciones.
Artículo 98.- Para ser Senador se necesita ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de ejercicio, y, en ambos casos, treinta años cumplidos de edad.
Artículo 99.- Son aplicables a los Senadores lasincompatibilidades a que se refiere el artículo 91, con las excepciones en el mismo establecidas.
Artículo 100.- No pueden ser candidatos a Senadores los Jueces y Fiscales Letrados, ni los funcionarios policiales, ni los militares con mando de fuerza o en ejercicio de alguna actividad militar, salvo que renuncien y cesen en sus cargos con tres meses de anticipación al acto electoral.
Para los Consejeros yDirectores de Entes Autónomos y de los Servicios Descentralizados se estará a lo previsto por el artículo 201.
Artículo 101.- El ciudadano que fuere elegido Senador y Representante podrá optar entre uno y otro cargo.
Artículo 102.- A la Cámara de Senadores corresponde abrir juicio público a los acusados por la Cámara de Representantes o la Junta Departamental, en su caso, y pronunciar sentencia alsolo efecto de separarlos de sus cargos, por dos tercios de votos del total de sus componentes.
Artículo 103.- Los acusados, a quienes la Cámara de Senadores hayan separado de sus cargos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, quedarán, no obstante, sujetos a juicio conforme a la ley.
Artículo 104.- La Asamblea General empezará sus sesiones el primero de marzo de cada año, sesionandohasta el quince de diciembre, o sólo hasta el quince de setiembre, en el caso de que haya elecciones, debiendo entonces la nueva Asamblea empezar sus sesiones el quince de febrero siguiente.
La Asamblea General se reunirá en las fechas indicadas sin necesidad de convocatoria especial del Poder Ejecutivo y presidirá sus sesiones y las de la Cámara de Senadores hasta la toma de posesión delVicepresidente de la República, el primer titular de la lista de Senadores más votada del lema más votado.
Sólo por razones graves y urgentes la Asamblea General o cada una de la Cámaras, así como el Poder Ejecutivo, podrán convocar a sesiones extraordinarias para hacer cesar el receso y con el exclusivo objeto de tratar los asuntos que han motivado la convocatoria así como el proyecto de ley declarado...
Regístrate para leer el documento completo.