Convenio 89 Oit
Convenio n°89 OIT
Presentado por:
Jesús Fabián Cáceres Gutiérrez
Viviana Maldonado roa
Eduardo orejuela cortes
Presentado a:
Dr. Félix Galviz
Facultad de derecho
UDES
IVSemestre
2011
Convenio 89 de la OIT
Convenio relativo al trabajo nocturno de las mujeres empleadas en la industria
El convenio 89 comprende todo lo relativo al trabajo nocturno como a suvez lo pertinente a las mujeres que cumplan una función laboral dentro de este contexto.
Es importante recalcar en una primera instancia el art 1 donde se menciona su aplicabilidad unánime para lasindustrias en especialidad las minas, industrias extractivas y las canteras; así como el art 3 que menciona la prohibición de mujeres que brinden labor en horas nocturnas sin excepción de edad.
Elconvenio 89 también plasma en sus siete primeros artículos el requisito de siete horas consecutivas para trabajo nocturno, la excepción en la prohibición al trabajo nocturno de las mujeres pordisposición del gobierno y la participación de las mismas en circunstancias como la participación de los miembros de la misma familia.
Así también permite la graduación entre los intervalos de horaslaborales, la suspensión esporádica por causa de las estaciones y factores climáticos (fuerza mayor).
En los próximos seis artículos se plasman:
Las disposiciones finales del convenio 89 de la O.I.T.Habla sobre las ratificaciones formales que serán comunicadas al director general de la oficina internacional del trabajo.
Únicamente serán obligados a los miembros de la organización internacional deltrabajo (O.I.T.), todo miembro que haya ratificado este convenio podrá denunciar a la expiración de un periodo de 10 años mediante un acta comunicado general de la oficina internacional de trabajo, ladenuncia no surtirá defecto hasta un año después de la fecha en que se haya registrado.
El director internacional de la oficina internacional de trabajo notificara a todos los miembros de la...
Regístrate para leer el documento completo.