cronologia gnb
Este estatuto establece en su Artículo 1º.-
La fabricación, la importación y el expendio de fósforos constituyen arbitrio rentísticonacional y el ejercicio de dichas actividades es de la exclusiva competencia del Ejecutivo Federal, el cual podrá efectuarlo directamente o mediante concesiones otorgadas a particulares.
En su Artículo2º.-
La fijación del precio de los fósforos nacionales y extranjeros, en las fábricas y en los depósitos del Gobierno Nacional, se hará por medio de Resoluciones especiales del Ministerio deHaciendaEORNF (Estatuto Orgánico de la Renta Nacional Fósforos): Este estatuto establece en su Artículo 1º.- La fabricación, la importación y el expendio de fósforos constituyen arbitrio rentístico nacional yel ejercicio de dichas actividades es de la exclusiva competencia del Ejecutivo Federal, el cual podrá efectuarlo directamente o mediante concesiones otorgadas a particulares. En su Artículo 2º.- Lafijación del precio de los fósforos nacionales y extranjeros, en las fábricas y en los depósitos del Gobierno Nacional, se hará por medio de Resoluciones especiales del Ministerio de hacienda.EORNF (Estatuto Orgánico de la Renta Nacional Fósforos): Este estatuto establece en su Artículo 1º.- La fabricación, la importación y el expendio de fósforos constituyen arbitrio rentístico nacional y elejercicio de dichas actividades es de la exclusiva competencia del Ejecutivo Federal, el cual podrá efectuarlo directamente o mediante concesiones otorgadas a particulares.
En su Artículo 2º.- Lafijación del precio de los fósforos nacionales y extranjeros, en las fábricas y en los depósitos del Gobierno Nacional, se hará por medio de Resoluciones especiales del Ministerio de Hacienda.Tasas:Proviene imperativamente en relación a algún servicio público reservado al estado, y que a diferencia del concepto de impuesto, si se identifican la partida y la contrapartida de la vinculación...
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