Decreto80
Páginas: 54 (13444 palabras)
Publicado: 12 de septiembre de 2015
DECRETO NÚMERO 80 DE 1980
(Enero 22)
Por el cual se organiza el sistema de educación postsecundaria
El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y de
las
que le confiere la ley 8° de 1979, oída la constitución de que trata el artículo 3° de la misma ley.
DECRETA:
TITULO PRIMERO
Principios generales Artículo 1°. El presente decreto define los principios y las normas que regulan la educación
postsecundaria o superior.
Artículo 2°. La educación superior tiene el carácter de servicio público y cumple una función
social. Su prestación esta a cargo del Estado y de los particulares que reciban autorización de
este. Artículo 3°. La educación superior promoverá el conocimiento y la reafirmación de los valores
de la nacionalidad la expansión de las áreas de la creación y goce de la cultura, la
incorporación integral de los colombianos a los beneficios del desarrollo artístico, científico y
tecnológico que de ella se deriven y la protección y el aprovechamiento de los recursos naturales para adecuarlos a la satisfacción de las necesidades humanas.
Artículo 4°. La educación superior, mediante la vinculación de la investigación con la docencia,
debe suscitar un espíritu crítico que dote al estudiante de capacidad intelectual para asumir con
plena responsabilidad las opciones teóricas y prácticas encaminadas a su perfeccionamiento
personal y al desarrollo social.
Artículo 5°. La educación superior por su carácter universal debe propiciar todas las formas
científicas de buscar e interpretar la realidad. Debe cumplir la función de reelaborar
permanentemente y con flexibilidad nuevas concepciones de organización social, en un ámbito
de respecto a la autonomía y a las libertades académicas de investigación y aprendizaje y
cátedra.
Artículo 6°. Para afirmar la universidad en sus propósitos científicos y educativos, las
instituciones de educación superior estarán abiertas a todas las fuerzas sociales, comunicadas
con todos los pueblos del mundo, vinculadas a todos los adelantos de la investigación científica
y de la tecnología y permeables a todas las manifestaciones del pensamiento científico.
Artículo 7°. La educación superior, por su carácter democrático no podrá estar limitada por
consideraciones de raza, credo, sexo o condición económica o social. El acceso a ella estará
abierto a quienes en ejercicio de la igualdad de oportunidades demuestren poseer las
capacidades requeridas y cumplan las condiciones académicas exigidas en cada caso.
Artículo 8°. La investigación, entendida como el principio del conocimiento y de la praxis, es
una actividad fundamental de la educación superior y el supuesto del espíritu científico. Está
orientada a generar conocimientos, técnicas y artes a comprobar aquellas que ya formar parte
del saber y de las actividades del hombre y crear y educar tecnologías.
Artículo 9°. La investigación dentro de la educación superior tiene como finalidad fundamentar, reorientar y facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje así como promover el desarrollo de
las ciencias, las artes y las técnicas, para buscar soluciones a los problemas de la sociedad.
Artículo 10°. Se entiende por libertad de cátedra la discrecionalidad que tiene el docente para
exponer, según su leal saber y entender y señido a los métodos científicos, los conocimientos de su especialidad y la que se reconoce al alumno para controvertir dichas exposiciones dentro
de los presupuestos académicos.
Artículo 11°. Se entiende por libertad de aprendizaje la que tiene el estudiante para acceder a
todas las fuentes de información científica y para utilizar esa información en el incremento y
profundización de sus conocimientos. ...
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