derecho constitucional
1. Centralización y descentralización como alternativas constitucionales
La función de la Constitución es diseñar también la estructura yámbito territorial de los poderes públicos. La organización territorial del poder afecta a la configuración y a las funciones de los poderes públicos e incide de forma directa en el ámbito de libertad delos individuos y sobre todo, a colectivos sociales.
Las formas de organización territorial varían considerablemente en los regímenes constitucionales hoy existentes. Ha habido consideracionesprácticas y condicionamientos históricos, es por esto que es difícil elaborar modelos de aplicación general y los términos utilizados en ocasiones pueden conducir a error.
Los diversos ordenamientosconstitucionales, en lo referido a la ordenación territorial responden a dos alternativas, centralización y descentralización. Las Constituciones se pueden catalogar según su acercamiento a algunode estos principios pero, en todas se encuentra una combinación de ambos.
Los elementos que definen el grado de centralización o descentralización son de diversos tipos:
1) Si existe unauniformidad del ordenamiento dentro del mismo Estado, es decir, en todo el territorio estatal se aplican las mismas leyes y reglamentos. Por otro lado, si existen ordenamientos territoriales propios enalgunas, o en todas las zonas del territorio.
2) Si existe un sólo conjunto de instituciones con competencia en todo el territorio o bien existen con competencia restringida a zonas territorialeslimitadas.
3) Si todos los poderes públicos están organizados de forma jerárquica, si hay un órgano superior con competencia en todo el Estado o si hay poderes territoriales que no dependen de lasinstancias supremas estatales.
2. El Estado centralizado
Es la forma aparentemente más simple y eficaz de organización. Se ve representada por el modelo de Estado que surgió en...
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