derecho constitucional
ORGANIZACIÓN CENTRAL
PRIMERA SECCIÓN
DE LA AUTORIDAD SUPERIOR
Autoridad Administrativa Superior
Artículo 7.- La autoridad administrativa superior del Poder Ejecutivo es el Presidente de la República, el que actuará en Consejo de Ministros en los casos que señale la Constitución Política.
Gabinetes
Artículo 8.- Para fines de coordinación del diseño y gestión deacciones y políticas, así como la discusión y formulación de propuestas que atañen a más de un Ministerio, el Presidente de la República creará Gabinete en Pleno o Gabinetes Sectoriales. El Presidente de la República mediante Decreto, determinará su número, organización y funcionamiento.
Consejo de Ministros
Artículo 9.- El Consejo de Ministros estará integrado por el Presidente de la República,el Vicepresidente y los Ministros de Estado con las funciones que le confiere la Constitución Política. El Presidente de la República reglamentará su funcionamiento, conforme a lo establecido en el Artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política.
Consejo Nacional de Planificación Económica y Social
Artículo 10.- El Consejo Nacional de Planificación Económica y Social es un órgano deapoyo del Presidente de la República para dirigir la política, económica y social del país. En el Consejo estarán representadas las organizaciones empresariales, laborales, cooperativas, comunitarias y otras que determine el Presidente de la República, quien reglamentará su funcionamiento, conforme a lo establecido en el Artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política.
SecretaríasArtículo 11.- El Presidente de la República podrá crear mediante Decreto, las Secretarías que estime conveniente para el mejor desarrollo de su Gobierno y determinará la organización y funcionamiento de ellas. Los titulares y funcionarios de estas Secretarías tendrán el rango que el Presidente de la República les confiera.
Una de las Secretarías de la Presidencia será la instancia responsable deestablecer la relación de coordinación entre los Consejos Regionales Autónomos de la Costa Atlántica y los distintos Ministerio de Estado, mandatados en el Artículo 8, numeral 2 de la Ley 28, "Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica Nicaragüense".
CAPÍTULO III
ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA MINISTERIAL
PRIMERA SECCIÓN
DE LOS MINISTERIOS Y RECTORÍA SECTORIAL
Ministeriosde Estado
Artículo 12.- Los Ministerios de Estado serán los siguientes:
1. Ministerio de Gobernación;
2. Ministerio de Relaciones Exteriores;
3. Ministerio de Defensa;
4. Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
5.Ministerio de Fomento, Industria y Comercio;
6. Ministerio de Educación, Cultura y Deportes;
7. Ministerio Agropecuario y Forestal;
8. Ministerio de Transporte eInfraestructura;
9. Ministerio de Salud;
10. Ministerio del Trabajo;
11. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales;
12. Ministerio de la Familia.
Competencia
Artículo 13.- Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las leyes.
Entes Descentralizados
Artículo 14.- Los EntesDescentralizados que a continuación se enumeran estarán bajo la Rectoría Sectorial de:
I.- Presidencia de la República
a) Banco Central de Nicaragua:
1.- Financiera Nicaragüense de Inversiones;
2.- Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
b) Fondo de Inversión Social de Emergencia.
c) Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales.
d) Instituto Nicaragüense de Energía.
e)Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados.
f) Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos.
g) Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.
h) Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros.
i) Procuraduría General de Justicia.
j) Instituto de Desarrollo Rural.
k) Instituto de Vivienda Urbana y Rural.
II.- Ministerio de Gobernación
a) Instituto de Seguridad...
Regístrate para leer el documento completo.