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Páginas: 8 (1937 palabras) Publicado: 6 de septiembre de 2013
SUCESIÓN EN MATERIA DE TRATADOS


La sucesión universal de GROCIO no decía sólo del elemento territorial, sino también del fenómeno de la sustitución. Llevado por sus raíces romanistas, GROCIO insistía en que el Estado sucesor asumía per universitatem los derechos y obligaciones de su predecesor. Aun cuando la idea de la sucesión universal gobernó el laudo del Mechanic (1865), dado que elerror no engendra derecho, tal precedente no es tal en cuanto importe la existencia de normas de derecho internacional consuetudinario en ese sentido.


EL ÁMBITO DE APLICACIÓN MATERIAL

La autonomía normativa que poseen las normas consuetudinarias en el derecho internacional, hace que unos mismos derechos y obligaciones, que respondan tanto a la fuente convencional como a la consuetudinaria,posean validez, vigencia, aplicación e interpretación independientes. Así, el hecho que un determinado tratado no sea heredable para el Estado sucesor, no niega la sucesión de los derechos y obligaciones que contiene si los mismos también arraigan en el derecho consuetudinario; con lo que, por esa vía, resultan igualmente oponibles al Estado sucesor. De ahí que no sea la sucesión en un instrumento(el tratado) lo que interese al derecho internacional, sino la sucesión en las normas que sólo existen en virtud del instrumento (los derechos y obligaciones de los que el tratado es fuente); porque todas las normas que, al margen de los tratados,tengan por fuente el derecho consuetudinario, son por igual de cumplimiento obligatorio (artículo 6).

Un sector de la doctrina (así VERDROSS), era dela opinión que el derecho internacional general imponía al Estado sucesor la obligación de honrar los tratados que hubiesen sido objeto de reconocimiento consuetudinario. Pero este es un error, y consiste en confundir la forma del instrumento con las normas jurídicas que contiene, pues no es en el tratado con reconocimiento consuetudinario que el Estado sucede, sino en los derechos y obligacionesde carácter consuetudinario contenidos en el tratado. Lo que el derecho internacional general impone es el deber de honrar sus normas, con independencia de si hubiesen sido recogidas o no en un instrumento convencional. Este sería el caso, por ejemplo, de los tratados de derechos humanos y de los tratados de carácter humanitario que hubiesen pasado a ser de carácter consuetudinario (subsisten losderechos y obligaciones aun cuando no subsistieran sus fuentes convencionales); aunque la jurisprudencia internacional parece entender que dichos tratados son una excepción a la regla de la tabla rasa a favor del principio de continuidad de los tratados.
Otro asunto que está fuera del ámbito de la Convención de 1978 es el de las fronteras establecidas por un tratado. Es una norma bienestablecida en el derecho internacional consuetudinario que los tratados que afectan al territorio adquirido, y obligan también al Estado sucesor.

Esta norma fue codificada por la Convención de 1978, y por ello que prescriba que una sucesión de estados no afecta de por sí una frontera establecida por un tratado (artículo 11), ni los tratados relativos a otros regímenes territoriales (artículo 12), comoel régimen de derechos de tránsito por vías internacionales, de agua o sobre otros estados, de uso de ríos, de los territorios desmilitarizados o neutrales y, en general, de las servidumbres que un territorio soporta a favor de otro (proyecto Gabcikovo-Nagymaros). Sin embargo, tanto el texto de la Convención como la jurisprudencia internacional se inclinan a pronunciarse en sentido que loheredable no son los instrumentos de naturaleza territorial, sino sus regímenes jurídicos; los mismos que adquirirían existencia normativa propia, es decir, independiente de los tratados que los originaron. Así, debe tenerse en cuenta que el artículo 11 se refiere a las “fronteras establecidas por un tratado”, y no a los tratados que establecen fronteras. La última fórmula haría de los instrumentos...
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