Excenciones Tributarias De Buenos Aires
a) Percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital o al doble de la jubilación mínima ($ 700). b) la valuación fiscal del inmueble no debe exceder los $ 40.000. • Para acceder a la exención del 50%: a) Percibir un haber jubilatorio y/o pensión, igual o menor al a $1.050. b) La valuación fiscal no debe exceder los $ 60.000. • En ambos casos serequiere además: a) Ser propietario, condómino, usufructuario o beneficiario del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia. b) No ser titular de dominio o condominio de otro u otros inmuebles urbanos o rurales en el ámbito del territorio nacional. c) Ocupar efectivamente el inmueble. Documentación que debe ser presentada ante la Dirección General de Rentas • • Documento deIdentidad del beneficiario (original para exhibir y fotocopia para agregar). En caso de presentación por tercera persona, indistintamente: a) Autorización del titular con certificación de firmas (original para exhibir y fotocopia para agregar). b) Poder suscripto ante escribano público (original para exhibir y fotocopia para agregar). Escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria deherederos, cuando corresponda, ambas inscriptas en el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble (original para exhibir y fotocopia para agregar) En caso de ser inquilino: contrato de locación en donde conste que el inquilino asume la obligación de pago del ABL (original para exhibir y fotocopia para agregar). Último recibo de haber jubilatorio y/o pensión (original para exhibir y fotocopia paraagregar). Ultimo comprobante de pago de la contribución (original para exhibir y fotocopia para agregar). Nota solicitando la exención con carácter de declaración jurada.
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Dicha solicitud puede presentarse en los siguientes lugares: a) Dirección General de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Avda. Rivadavia 524, Planta Baja, de esta Ciudad de...
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